miércoles, 18 de febrero de 2009

OFICALES DEL REGISTRO CIVIL DEMANDAN SU REINTEGRO EN EL PARAGUAY

Martes, 17 de Febrero de 2009
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DECRETO PRESIDENCIAL AFECTA A UNAS 187 PERSONAS
Funcionarios de Registro Civil piden amparo contra un decreto de Lugo
Oficiales del Registro Civil que fueron cesados por un decreto presidencial recurrieron, por medio de un amparo, para permanecer en funciones. Fernando Lugo dio de baja a unos 187 funcionarios “ad honorem” de todo el país.


Oficiales de justicia del Registro Civil que acudieron ayer a tribunales para promover un amparo contra un decreto que los declara cesantes. Afecta a 187 funcionarios.
La Presidencia de la República, por medio del decreto N° 1490, emitido el 13 de febrero y refrendado por el Ministerio de Justicia y Trabajo, removió a 187 funcionarios del Registro Civil de diferentes puntos del país.

El referido decreto argumenta que por razones de austeridad y racionalización de los recursos presupuestarios, se prescinde de los funcionarios que no perciben salarios y que prestan servicios en los registros civiles.

Sin embargo, los amparistas sostienen que en muchos casos ya cuentan con nombramientos y tienen más de 10 años de antigüedad en el ejercicio de funciones.

Sostienen que les llama la atención que justamente el Congreso Nacional aprobó recientemente la provisión de 200 rubros para los oficiales del Registro Civil, que se desempeñan en carácter de “ad honorem”.

Además, los funcionarios cesados no fueron objeto de sumario administrativo previo, denotando la ilegalidad del proceder del gobierno de Fernando Lugo, según dijeron.

“Queremos que la sociedad sepa la injusticia que estamos padeciendo. No tenemos sueldo y solo a través de actividades como celebraciones de matrimonios civiles e inscripciones de nacimientos constituimos nuestros salarios”, indicaron.

Recordaron que luego de una larga lucha que emprendieron a través del sindicato y la asociación de empleados del Registro Civil, consiguieron los rubros, pero ahora los quieren dejar de lado, manifestó uno de los amparistas.

Los recurrentes alegan que se violentó el “derecho al trabajo”, porque los trabajadores adquirieron las obligaciones y derechos de la Ley 1626/00, de la Función Pública, y sin embargo, no se realizaron los sumarios para decidir los despidos.

También sostienen que son discriminados al hacer el Gobierno diferencias entre funcionarios con y sin salario, a fin de utilizar esta excusa para afirmar que no existe vínculo con el Estado.

Asimismo dicen que se transgredió la presunción de la no gratuidad del trabajo al disponer solo viáticos como compensación por las labores desarrolladas.

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PRINCIPIOS ETICOS Y DEBERES DEL REGISTRADOR CIVIL Y SU PERSONAL AUXILIAR EN AMERICA LATINA

PRINCIPIOS ETICOS Y DEBERES DEL REGISTRADOR CIVIL Y EL PERSONAL AUXILIAR

El Registrador Civil Municipal y el personal auxiliar desempeñan un conjunto de funciones importantes, delicadas y de gran trascendencia por lo cual las tareas que de éstas se derivan deben ser realizadas con un elevado sentido de compromiso y servicio a la población. Por lo tanto, el comportamiento que el Registrador del estado Civil muestre, en el ejercicio de sus funciones, debe estar de acuerdo a Ley y en cocordancia con los principios éticos y los deberes de la función publica.
Principios Éticos:
Respeto: Soy respetuoso de mi comunidad y mi pais, de la constitución y las leyes.
Probidad: Soy recto y honrado.
Eficiencia: Mi trabajo es de calidad
Idoneidad: Soy una persona capaz y me gusta capacitarme siempre.
Veracidad: Digo siempre la Verdad.
Lealtad y obediencia: Soy leal y obediente con lo que me ordenan mis superiores, siempre que éstas ordenes sean justas y según la Ley.
Justicia: Soy Justo.
Lealtad al Estado de Derecho: Defiendo mi país porque es dmocrático.
Deberes:
Neutralidad: En mis labores no favorezco a nadie.
Transparencia: Mis actos son claros y cualquiera puede conocerlos.
Discreción: Debo guardar en secreto información relacionada con mi función.
Ejercicio Adecuado del Cargo: No actuar con represalia.
Uso adecuado de los bienes del Estado.
Responsabilidad: Desarrollo mis funciones a cabalidad y en forma integral asumiendo con pleno respeto la función pública encomendada.















































































































RECOPILADO POR LIC. JORGE FERNANDO MARTINEZ GABOUREL
OFICIAL DE CAPACITACIÓN
REGISTRO CIVIL, HONDURAS
ahrbom@yahoo.com

EL COVID 19 Y EL REGISTRO CIVIL AUDIO