LA BODA ANTE LA SOCIEDAD
Con el Matrimonio Civil se empieza a caminar en pareja.
El Matrimonio Civil, es una ceremonia especial que se realiza en el cabildo de cada ciudad, se realiza ante el Alcalde o en su defecto su representante, las parejas que prefieren realizar su unión matrimonial ante una autoridad civil pueden hacerlo ante un Notario.
La Ceremonia puede ser en las Oficinas de los Juzgados o se puede acondicionar una salón que de decora discretamente para el rito y se permite a los novios invitar a las personas más allegadas a celebrar con una copa de Champaña.
Durante la ceremonia se leen los documentos de rigor en donde se consagra el matrimonio como un acto civil de derecho y se formaliza la unión con la firma y la declaración de nuevos esposos por parte de juez.
Requisitos.
Los requisitos que son necesarios para la Boda Civil, son los siguientes:
· Fotocopia de las Tarjetas de Identidad de los Contrayentes.
· Fotocopias de Tarjetas de Identidad de dos Testigos mayores de 21 años que sepan firmar (presentar las originales al momento de la ceremonia), no se acepta cambio de Testigo a última hora.
· Partida de nacimiento de los Contrayentes originales con Nota Marginal de Soltería reciente.
· Constancia médica y exámenes de V.H.I. cuando no hay hijos.
· Prueba de Embarazo si esta embarazada.
· Boleta de Lps. 350.00 por Servicios matrimoniales.
· Dispensa de edictos, solicitarla en el Ministerio de Gobernación.
Impedimentos.
· Los menores de edad, si no tienen la autorización de los padres.
· Casados anteriormente sin disolución de la sociedad conyugal.
· Parentesco hasta el cuarto grado de consaguinidad.
· Incapacidad física o mental (comprobada).
Conviene Saberlo.
Las bodas que se celebran en la Alcaldía Municipal son los viernes a las 9:00 de la mañana, y son hechas por el Alcalde.
Además por la tarde empiezan a partir de las 2:00 hasta las 4:00 pm.
La ceremonia inicia leyendo los datos de los contrayentes y los testigos, después de citar la igualdad de los novios ante la ley, sus deberes y derechos, se les pide que haya un compromiso de ayuda mutua y fidelidad.
Después de la firma del acta, se le da a la pareja una fotocopia de ésta y se le extiende una constancia para que la presente al representante de la Iglesia donde se casarán.
Fuente: Diario El Heraldo.
Viernes 30 de Julio de 2004.
Recopilado por La Unidad de Capacitación de RNP.
DOCUMENTOS AUDIOS Y VIDEOS RELATIVOS AL PROCESO DEL REGISTRO CIVIL LATINOAMERICANO Y EL MUNDO
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miércoles, 24 de septiembre de 2008
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