lunes, 17 de marzo de 2008

RECOMENDACIONES AUTOMATIZACION SERVICIOS REGISTRALES

RECOMENDACIONES TÉCNICAS PARA LA INFORMATIZACIÓN DE LAS INSCRIPCIONES DE LOS HECHOS Y ACTOS DEL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS

Desde hace muchos años los técnicos en informática de diversos organismos internacionales que han estado cooperando con la asistencia técnica para eficientar los procesos del Registro Civil y de las estadísticas vitales han sugerido la modernización del Registro Civil, en lo relativo al proceso de actualización de la información relativa a los hechos y actos del estado civil y de emisión electrónicas de los certificados correspondientes tarea impostergable para fortalecer las instituciones del Registro Civil especialmente en Latinoamérica en base de la experiencia del proceso de modernización del Registro Civil Hondureño y como técnico en materia registral realizamos las siguientes recomendaciones técnicas que permitan asegurar a la institución del Registro Civil que opte por la modernización a través de la informatización de las actividades registrales que a continuación detallamos:

1) Al optar por el proceso de modernización del Registro Civil, esta institución a través de sus autoridades deben verificar si el personal asignado a las actividades de informática de la institución tienen la capacidad técnica para elaborar las aplicaciones que en el ámbito de la informática se requiere para realizar estos procesos, de no ser así los técnicos en informática de las agencias de cooperación externa que realicen actividades de asesoría técnica, deben limitarse a tutelar el proceso de capacitación para que el personal de informática de la institución sea capaz de realizar las aplicaciones correspondientes y que este personal de asistencia externa verifique y certifique la capacidad y la viabilidad de la aplicación de los programas electrónicos en mención, caso contrario si todo el proceso lo asume y controla de manera unilateral el personal de asesoría externo, no contribuye integralmente al manejo eficiente e integrado de este programa de modernización.
En la experiencia hondureña el personal técnico del área de informática de nuestro Registro Civil no logro consolidar estos requerimientos técnicos por falta de capacidad o por no mostrar interés en manejar estos procesos, existiendo hasta la fecha una total y absoluta dependencia de los consultores en materia de informática de la agencia UPD de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

2) Todos los procesos que requieran la elaboración de aplicaciones de informática para la modernización del Registro Civil, necesita como acción previa antes de los inicios del proceso de informática que los técnicos en esta materia conozcan los procesos registrales y los fundamentos técnicos legales y reglamentarios mediante el cual son regulados para concretar un proceso integral que capte no solo la información requerida en el proceso de inscripción, actualización y certificación de la información del Registro Civil, sino que este proceso se debe realizar en armonía a estos requerimientos, así tendremos a demás de un Registro Civil moderno algo mas sustancial que toda la información procesada, este sustentada y documentada de acuerdo a lo que se establece en las recomendaciones de las tareas del proceso registral por ejemplo:
No bastara que el ciudadano comparezca ante ELRegistrador Civil Municipal a inscribir una defunción, y una vez procesada hacer referencia en el sistema de informática que el inscrito ya ha fallecido esa indicación se consigna en la base de datos del nacimiento del fallecido, sin que previamente se haya realizado la comunicación para elaborar la anotación marginal que haga referencia en la inscripción que esa persona ha fallecido.

Esto tiene implicaciones especialmente negativas en el proceso de elaboración del Censo Nacional Electoral especialmente en lo relativo a la actividad de depuración o exclusión de los ciudadanos fallecidos, el sistema de informática debe tener aplicaciones que solo a través de la adición de la información del fallecido sustentada en la comunicación municipal correspondiente y posterior inserción de la nota marginal y como reiteramos una vez que se ha realizado la referencia en mención en la inscripción de nacimiento.

Se ha observado que basta en algunos casos que el declarante o el Registrador Civil Municipal consignen erróneamente el número de tarjeta de identidad del fallecido aún cuando los nombres y apellidos del fallecido sean correctos para que se le haga la referencia de defunción en el sistema de informática al titular del número de identidad que se proporcionó erróneamente, esto se produce por no observar los procesos y la normativa registral es típica la actitud dictatorial de los técnicos en informática en imponer criterios técnicos de los procesos señalados, cuando en la filosofía de trabajo de los nuevos procesos de informática los técnicos de estas área solo deben respaldar a los responsables del área registral para que con sus criterios y aplicaciones de este proceso sea la base de sustentación para la elaboración de los programas de informática que se requieren.

3) Imponer decisiones por parte de las autoridades electorales de las cuales dependen algunos organismos de Registro Civil en Latinoamérica para la implementación de procesos de modernización sin tomar en consideración las opiniones técnicas y legales de las autoridades del Registro Civil recientemente en la República Dominicana el Director del Registro Civil expresaba lo siguiente “Antes de iniciar el proceso de modernización del Registro Civil es necesario implementar el proceso de la actualización integral de la información de las inscripciones de los hechos y actos del estado civil.”

Cuando se inicia este proceso de modernización, es necesario verificar los periodos de información consolidados en la base de datos y a partir de estos datos reducir al máximo los periodos que no han sido actualizados para asegurar que al iniciar este proceso de informatización los servicios que accederá el usuario en lo relativo a las certificaciones de los hechos y actos debe ser universal en el ámbito cronológico de toda la información existentey que servira para la emision de las certificaciones de:
a) Nacimientos
b) Matrimonios
c) Defunciones
d) Adopciones (Con las limitaciones que la legislaciones que cada país establezca)
e) Naturalizaciones
f) Y con la información de todos los datos que hacen referencia a la actualización del estado civil.

La experiencia hondureña ha reflejado que las autoridades del Registro Civil en el pasado concentraron sus esfuerzos en obtener financiamientos para la adquisición de equipos de informática teniendo prioridad en la emisión de certificaciones de nacimiento mas por un interés electoral que Registral.
Es de reconocer que las solicitudes de certificaciones de nacimiento constituyen la mayor demanda de documentos del Registro Civil pero por haber consolidada la actualización de la información hasta determinado periodo causa desaliento en los usuarios del Registro Civil ya que muchas certificaciones emitidas los datos básicos no aparecen por estar incompletos y de las cuarenta oficinas de Registro Civil informatizadas solo en el Registro Civil de la capital se pueden actualizar o adicionar la información incompleta por tener respaldos documentales a nivel nacional, no así en el resto de oficinas que solo se limitan a actualizar la información de su jurisdicción por contar solamente con los tomos originales como respaldo documental.

4) Si las autoridades de los Registros Civiles han determinado informatizar los servicios del Registro Civil y observar algunas recomendaciones sugeridas anteriormente tienen que prever las asignaciones presupuestarias correspondientes para asegurar los insumos y materiales necesarios para su normal funcionamiento.
A los pocos meses de haberse informatizado el Proceso Registral comenzó a paralizarse la atención al público por no tener tinta para las impresoras láser y papel de seguridad para la emisión de certificaciones de las actas del Registro Civil.
Es de reconocer que a partir de las Reformas institucionales donde se ha establecido una nueva estructura jerárquica en el Registro Civil Hondureño esta falencia administrativa no se ha presentado como un elemento negativo.

5) La implementación de la mecanización o informatización de los Registros Civiles requieren procesos de interconexión por medios electrónicos al servidor de la oficina central del Registro Civil hasta ahora la experiencia hondureña a sido deficiente ya que a pesar que el país cuenta con una amplia infraestructura de telecomunicaciones en los municipios donde existe servicio informatizado a donde se accede a servicios de Internet o redes de comunicación electrónica de transmisión de datos que provee la estatal empresa de Telecomunicaciones y empresas privadas especializadas en esta área, los procesos de emigración de datos a la oficina central son remotos y para integrarlos técnicos de la institución deben desplazarse a esas oficinas municipales para realizar las acciones técnicas y luego en la oficina central integrarlos a la base de datos de la oficina de informática.

Existiendo un margen de errores y omisiones en este proceso que en algunos casos no integra la información con las adiciones realizadas posteriormente de la información de la base de datos en la oficina municipal del Registro Civil.

6) Tomar la decisión por parte de las Autoridades del Registro Civil para la modernización de las oficinas del Registro Civil a nivel local a través de la informatización de la inscripción y emisión de certificaciones de los hechos y actos del Estado Civil impone la implementación de procesos permanentes de auditoria de las bases de datos del sistema informático en diversos niveles tales como:

a) Auditoria de las modificaciones de la información del Registro Civil, efectuados por el Registrador civil municipal y su personal auxiliar los cuales tienen asignados claves de acceso para realizar estos procesos registrales
b) Auditoria a los responsables del área de informática en virtud que desde sus áreas de trabajo pueden modificar datos sin estar autorizados y sin contar con los respaldos documentales correspondientes.
c) Auditoria a la integridad y seguridad del sistema electrónico del Registro Civil para evitar adulteraciones o adiciones en la base de datos del Registro por elementos externos a la Institución que puedan acceder al banco de datos por medio de Internet, intranet o cualquier otro medio electrónico existente, si los procesos de envío de la información de los Registros Civiles mecanizados remotos es físico verificar los procedimientos de remisión de los discos duros o medios magnéticos en que se depositen, si se realizan con todos los protocolos de seguridad que existan en caso de extravío, hurto o robo garantizando que no se podrá acceder a copiar o transferir electrónicamente estos datos por elementos externos de los Registros Civiles, ya en América Latina hay muchos antecedentes funestos de venta ilegal de bases de datos personales de los sistemas de Registro Civil , electoral para fines comerciales o controles migratorios de determinados países .

7) En virtud que los procesos de actualización de los hechos y actos del Estado Civil son permanentes, las autoridades del Registro Civil deben asegurar que en la legislación, reglamentos y procesos registrales se asegure la dinámica constante del flujo de la remisión de la base de datos en forma física o electrónica, remisión de los tomos duplicados de papel de las inscripciones de los hechos y actos sujetos a inscripción a la oficina central del Registro Civil y del envío de las comunicaciones municipales de anotación marginal a los Registros Civiles Municipales que correspondan y los duplicados de estas comunicaciones a las oficinas centrales de la Institución del Registro Civil.


La División de Registro Civil y estadísticas vitales órgano del sistema de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha establecido en documentos relativos a recomendaciones técnicas sobre estándares institucionales, política institucional de preservación de los documentos físicos y archivos electrónicos de los sistemas del Registro Civil, que la informatización de los Registros civiles tienen su talón de Aquiles en la vulnerabilidad de sus bases de datos que pueden ser modificados por funcionarios y empleados corruptos por lo que se sugiere procesos de auditoria integrales como los señalados en las recomendaciones Técnicas y una remuneración digna y estabilidad laboral.

La experiencia hondureña ha reflejado la debilidad o vulnerabilidad de la base de datos de los hechos y actos del Estado Civil no por falta de programas y aplicaciones al sistema electrónico si no por no existir las decisiones administrativas y técnicas para realizar estas actividades como una rutina periódica y en diferentes niveles del sistema como se ha sugerido la ausencia de esta buena práctica de auditoria registral ha tenido efectos negativos al causar un daño institucional en cuanto a la integridad de sus documentos y a la seguridad jurídica resultado de las alteraciones o supresión de datos por intereses personales o sectarios o del crimen organizados que por un pago logran que se modifiquen datos que no corresponden al respaldo documental que obra en poder de los archivos del Registro Civil.

Que esta experiencia en el proceso de informatización sirvan para realizar los correctivos que urgen implementar en el Registro Civil Hondureño y que se utilicen como antecedentes para que los países en cuyos registros civiles inician estos procesos de informatización eviten cometer las malas prácticas registrales antes señaladas.
Que el intercambio de estas experiencias sirvan para optimizar las tareas de los registros civiles y que las Agencias de Cooperación Internacional ubiquen su ayuda con la asesoría técnica que contribuya a mejorar los procesos registrales y que este aporte se condicione a que los Organismos de los Registros civiles cumplan con los requerimientos técnicos y administrativos necesarios para el éxito de estos procesos que son impostergables por la preeminencia en la aplicación de los sistemas de informática en todos los procesos institucionales del ámbito privado y estatal.

Este proceso tecnológico que fortalece y dinamiza el Registro Civil debe estar en armonía al instrumento jurídico que la regula, ninguna aplicación o proceso tiene preeminencia en su desarrollo si se violenta las disposiciones establecidas en el mismo.



Elaborado por:
Abogado Jorge Fernando Martínez Gabourel
Oficial Capacitación Registro Civil Honduras
ahrbom@yahoo.com

TIPOS DE DOCUMENTOS DE REGISTRO CIVIL EN LATINOAMERICA

TIPOS DE DOCUMENTOS DEL REGISTRO CIVIL EN AMÉRICA LATINA.

Si se considera en su forma externa hoy en la actualidad en América Latina dos tipos de documentos de Registro el Libro y el Acta Individual o Ficha constituida por una hoja suelta.
Los Registros Eclesiásticos o Parroquiales que pueden considerarse el antecedente inmediato del Registro Civil y cuyo objeto era la anotación de Bautismos, los Entierros y los Casamientos, siempre se llevaron en libros, hay que aceptar que eran apropiados para la Época.
Cuando a principios de siglo ( por regla general ) los Estados adoptaron la decisión de reemplazar los Registros eclesiásticos por Registros Civiles, el libro continuo en uso como documento de Registro, talvez por simple inercia o porque la necesidad de cambio no se había hecho evidente. No obstante de lo dicho no se puede colegir que en la época actual el Libro sea el mejor tipo de documento de Registro, ni el más apropiado para lograr que un servicio de Registro Civil funcione eficientemente.

No hay recomendaciones Internacionales al respecto, de modo que los Países pueden adoptar el que estimen más conveniente, según el grado de modernización que deseen otorgar a dicho organismo. La complicidad de la vida moderna que exige precisión y rapidez a los servicios que integran la Administración Pública y el desarrollo de tecnología moderna que se podría utilizar en el Registro Civil, como las computadoras y scanner hacen aconsejable revisar el criterio adoptado para decidir sobre nuevas bases, el tipo de documento de Registro más conveniente.
La adopción de un documento de Registro de tipo ficha necesita el cumplimiento previo de ciertas consideraciones, porque requiere un manejo más cuidadoso. Entre ellas hay que citar la zonificación del país, que permite establecer normas de competencia; La profesionalización del Registrador Civil Municipal y un grado mínimo de organización de todo el servicio.
Mucho se ha discutido sobre las ventajas de un tipo de documento sobre otro, aunque casi siempre las argumentaciones han tenido carácter pragmático no exento de subjetividad, cuatro elementos se utilizan a continuación para presentar en un paralelo el Libro y la Ficha; Espacio, Costo, Seguridad, Flexibilidad de manejo.

ESPACIO: Si se considera solo el tamaño del documento mismo, se puede concluir que en ambos tipos las ventajas están equiparadas, porque si bien es cierto que en el documento de tipo libro una hoja se destina a dos Partidas o Inscripciones, la ficha puede ser de la mitad del tamaño de una hoja si el diseño se proyecta de modo que las Anotaciones Marginales se sitúen al reverso pero respecto de los Libros hay que considerar otros aspectos que ocupan espacio, los márgenes que suelen ser algo mas amplios que el caso de las fichas; las tapas de cartón ó de otro material mas sólido las Páginas que se reservan para los Certificados de apertura y de clausura ( Nota de Autorización y de Cierre ), las páginas que se reservan al final de cada libro para los índices Semialfabeticos y Semicronologicos, que en la práctica resultan de escasa utilidad y las páginas en blanco que inevitablemente se producen en los libros al término de cada año por su parte las fichas requieren de muebles o “ Kardex ” especiales para su mantenimiento y es probable que ellos impliquen mayor espacio que los anaqueles abiertos destinados al mantenimiento de los Libros, a menos que se diseñen especialmente.

COSTO: Se puede aceptar en principio que por los “ Kardex ” que las fichas requieren, el costo de este tipo de documento de Registro sea mayor que el de los libros. Pero el Libro necesita además empaste y preempasté periódico por el deterioró que produce su uso cotidiano mayor que el las fichas, hay que considerar al mismo tiempo el valor del material destinado a los certificados de apertura y clausura y a los índices situados al final de cada libro, así como las hojas en blanco mencionados en el párrafo anterior que constituyen una perdida meta de material.
De modo especial hay que considerar que el documento tipo ficha se transforma en un excelente índice alfabético mediante su sola clasificación periódica, índice que no tiene prácticamente costo adicional ni errores de Transcripción los que hasta ahora no se han podido suprimir, cualquier otro que sea el tipo de libro requiere de la confección de índices alfabéticos adicionales que representan trabajo y costo considerables, especialmente si los índices se proyectan como para ser elaborados mediante computadora. Es bastante seguro aunque no se haya podido cuantificar el problema, que por este ultimo factor el costo del documento tipo ficha sea a la posterior menor que el documento de tipo de libro.

SEGURIDAD: En materia de transporte desde el plano local al plano nacional, no hay ventajas de un tipo de documento sobre otro porque de igual modo se puede extraviar un libro que un paquete de fichas.
El almacenamiento de las fichas en “ Kardex ” metálicos usualmente con llave, es indudablemente mas seguro que el de los libros en anaqueles abiertos seguridad que no solo se refiere a Robos o Extravíos sino también los peligros de incendios y en cuanto a posibilidades de que ello ocurra en el Plano Local que en el Plano Nacional, hay que tener presente que el libro obliga a mantener en la oficina local los dos ejemplares hasta que se completen ( Libro Original y Copiador ), en tanto que la ficha agiliza al máximo la oportunidad de uno de los ejemplares al Archivo Central.

FLEXIBILIDAD DE MANEJO: Es incuestionable que la ficha es un documento mas dúctil y flexible que el libro lo que constituye una ventaja apreciable, la mayor flexibilidad de la ficha cobra relieve en varios aspectos:

a) Suprime las formalidades de los Certificados de apertura y cierre y los índices por libro que en la actualidad se consideran inútiles.

b) La ficha puede dactilografiarse acelerando el proceso de La Inscripción y suprimiendo el grave problema de la ilegibilidad que el libro siempre subsiste porque necesariamente se debe llenar en forma manuscrita.

c) La ficha permite abrir varias líneas de atención al Público, en tanto que le libro obliga a practicar las Inscripciones una después de otra en el perjuicio de los interesados ya que las líneas paralelas de atención al aumentar notariamente la capacidad de atención de la oficina y mejoran el servicio que se presta a la colectividad.

d) La ficha favorece la adopción de sistema de captura de imagen (Scanner) para la dación de certificados, acelerando también el proceso.

e) Según el material que se emplee, la ficha puede permitir que ambos ejemplares del Registro se lleven en forma simultanea, en tanto que en el libro esta posibilidad nunca existe.

En suma, dos razones parecen otorgar a la ficha mayores ventajas que en el libro como documento de registro, la posibilidad de contar con índices alfabéticos sin errores de Transcripción y sin costo adicional; y la flexibilidad de manejo que se traduce en una mayor posibilidad de incorporar tecnología moderna al Registro Civil, y a la postre en un servicio a la colectividad más eficiente. Todavía subsiste el libro como documento de Registro en la mayoría de Países en América Latina el proceso de cambio recién se inicio en la década del 70 con lentitud y timidez lo que guarda consonancia con el hecho de que en casi ningún país el Registro Civil reúne las condiciones previas mencionadas en párrafos anteriores para hacer recomendable la adopción de un documento de Registro tipo ficha.

Solo tres países están utilizando la ficha;

Colombia; para nacimientos vivos únicamente.
Ecuador; para nacimientos, matrimonios y defunciones, pero en un solo ejemplar del Registro en que el funcionario local remite al Archivo Central; el ejemplar que se archiva en la oficina local continua siendo un libro; y
México ( Distrito Federal ); para nacimientos, matrimonios y defunciones.
























ELABORADO POR LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN DEL R.N.P.

SITUACION DEL REGISTRO CIVIL EN LATINOAMERICA

SITUACION DEL REGISTRO CIVIL EN AMERICA LATINA

Considerado en conjunto, el Registro Civil de América Latina es sistemático. Aunque todos los países han adoptado una línea general de organización, las particulares introducidas en cada uno diferencian un organismo de otro. Al parecer este resultado es consecuencia de la adopción de solución “ad-hoc” para problemas específicos.

Hay una disociación importante entre el régimen legal y la forma real de operar en varios aspectos que evidencian anacronismo e inadecuación de la ley y por tanto necesidad de revisión y cambio así sucede por ejemplo, en materia de definición de hechos vitales, tratamientos de las defunciones fetales, inscripción de niños que fallecen antes de la inscripción y prueba para inscribir nacimientos y defunciones. Este problemas suele verse agravado por escasa capacitación del personal.

En concordancia con el grado de desarrollo actual del Registro Civil de la Región, los Gobiernos deberían asignar prioridad más alta al estudio del problema y en todo caso se estima que su perfeccionamiento requerirá inmediatamente asistencia técnica internacional programática y prolongada parte importante de esta asistencia debe consistir en programas específicos e intensivos de capacitación de personal sobre este punto hay que poner de relieve que el Registro Civil, como Institución no se ha incluido globalmente en el programa de estudio de ninguna carrera universitaria o instituto universitario de la región.

La falta de información relativa a aspectos del Registro Civil se pueden considerar un indicador de precarias condiciones de organización y funcionamiento respectivo, casi siempre el Registro Civil.

Los índices demográficos revelan heterogeneidad entre los países de la región, hay apreciables diferencias de densidad de población proporción de población urbana y tasas demográficas en particular las de natalidad ( y por tanto de fecundidad) que son más altos en los países de norte (excepcto Costa Rica) y significativamente más bajas en el Sur (excepto Bolivia) existen reservas sobre el valor de dichas tasas en vista que se desconoce el grado de integridad de los Registros de Nacimiento y Defunciones que, en algunos países alcanza solamente el 50%.

No hay relación directa entre la existencia de una Oficina Central de Registro Civil y el tipo de organización político-administrativo centralizada o federal del país de tres países federales en dos se hacen intentos para suavizar los problemas que surgen de la existencia de una oficina central. En cambio de los 15 países unitarios, solo en seis existe oficina central de Registro Civil, esta situación o ha experimentado cambios en los últimos 30 años.

Considerados en conjunto los países no han adoptado una posición congruente ni han seguido las pautas esperadas en materia de formación de un archivo central del Registro Civil. A pesar de las marcadas ventajas que pueden derivarse de su existencia solo ocho disponen de este órgano (incluyendo nuestro país Honduras), en cinco existe a nivel estatal o provincial y en los cinco restantes no existe.

Hay relación directa entre el volumen de población de las oficinas locales del Registro Civil y su carga de trabajo. La población por regla general se ha duplicado en los últimos treinta años. También han debido duplicarse sus recursos humanos materiales lo que no9 ha sucedido en ningún país por tanto, ha disminuido la capacidad de atención a la colectividad de dichas oficinas. Este hecho se puede considerar una de las causas del enorme grado de omisión de los registros de nacimiento y de defunción en América Latina.

Si se acepta que el Registrador Civil Municipal es la piedra angular de la organización y funcionamiento del Registro Civil como lo consideran los principios y recomendaciones de las Naciones Unidas “el Status” inadecuado que se le ha concedido y que subsiste en la gran mayoría de los países de la región es una muestra de la escasa importancia que los Gobiernos otorgan a ese organismo, sin nombramientos ajenos a los vaivenes de la política contingente ni estabilidad funcionaria y su posibilidad de progreso no se puede esperar que al “La Función de Registro Civil” que corresponde casi por entero a los funcionarios locales, se cumpla con la corrección y el grado de actividad y acuciosidad necesarios para lograr un adecuado nivel de organización familiar y estadístico vitales confiables.

La remuneración de los funcionarios del Registro Civil que tradicionalmente ha sido inadecuado en especial la de los Registradores Locales, no solo debe ser suficiente en cantidad para cubrir sus necesidades, de modo que les resulte innecesaria la búsqueda de otros trabajos remunerados (salvo situaciones de excepción) sino que debe consistir en un sueldo o salario pagado por el estado, no en aranceles pagados directamente por el público que concurre a las oficinas.

En general los organismos de registro Civil no han logrado respaldo legal que necesitan para ofrecer a la colectividad un servicio eficiente salvo excepciones, la legislación vigente esta contenida en numerosos textos que dificultan su estudio e interpretación a veces, las leyes contienen fallas relativas a su organización y a veces las normas sustantivas, que casi siempre se encuentran en los códigos civiles, necesitan revisión para incorporarles ideas y principios que faciliten y fortalezcan la organización familiar, con relativa frecuencia se esperan del Registro Civil pasos de progreso que no dependen de él en cuanto organismo del Estado, si no de la legislación que debe sentir de base y de guía de su acción y pocos reparan en la urgente necesidad de perfeccionarla.

Tal vez por simple inercia administrativa la mayoría de los países de la Región continúan usando el libro como documento de registro. No obstante con el propósito mencionado, la ficha aventaja al libro en aspectos importantes. El proceso de cambio se ha iniciado recién en el decenio de 1970, con mucha lentitud, entre las razones que explican el retardo se puede mencionar el incumplimiento de las condiciones básicas requeridas para la adopción exitosa de la fecha, es decir zonificación del país, profesionalización del Registrador Local y grado mínimo de organización.

El tipo de informe estadístico que se utiliza esta ligado al desarrollo de las estadísticas vitales. El de lista permite recoger pocos datos y representa escaso desarrollo; el individual implica un desarrollo mayor porque facilita recolección de datos más numerosos entre 1950 y 1980 varios países han adoptado este ultimo tipo para los cuatro hechos vitales básicos o algunos de ellos, lo que permite inferir que el sistema productor de las estadísticas funciona mejor, que las estadísticas se usan mas o ambas cosas.

En algunos países de la región todavía no se acepta el lugar de acaecimiento como criterio único y obligatorio para regular la inscripción de los hechos vitales básicos. Ello es destacable porque la adopción de la norma no presenta dificultades de organización ni implica gastos adicionales. Por el contrario, el criterio de lugar de acaecimiento recomendado por las Naciones Unidas, constituye una medida de simplificación procesal y de ordenamiento de las inscripciones que permite servir mejor a la colectividad, la referida falta de uniformidad denotaría que los países carecen de orientación suficiente en esta materia.

Las normas legales relativas a la celebración e inscripción del matrimonio conservan apreciables diferencias en unos países solo el matrimonio civil es valido, facilitando de este modo su inmediata inscripción, en otros también el matrimonio religioso tiene validez. En unos solo el oficial del Registro Civil es competente para celebrarlo, en otros varias autoridades tienen competencia (en nuestro país el Alcalde Municipal y el Abogado y Notario Público), lo que complica todo el sistema sin otorgar en la realidad mayores facilidades a la población. En unos, la competencia de uno de los contrayentes; en otros las normas son oscuras otorgan total libertad o simplemente no existen y en todos los trámites exigido como previos al matrimonio son excesivos o innecesariamente complejos, no sin razón la tasa de ilegitimidad se mantiene alta en América Latina. Es imperativo el estudio de reformas legislativas tendientes a otorgar facilidades a la población para contraer matrimonio, simplificando la celebración del acto y en especial los trámites previos.

En materia de definición de nacimientos vivos y de inscripción y tabulación estadística de niños que nacen vivos y fallecen antes de la inscripción en teoría se ha experimentado un progreso significativo de 1950 a 1980. No obstante las informaciones reunidas permiten decidir que hay una marcada disociación entre el sistema legal y administrativo vigente y la forma de operar en la práctica. Tal disociación debe considerarse peligrosa y perjudicial porque, al amparo de las disposiciones vigentes, se tiende a desconocer por tanto se postergan los esfuerzos para corregirla. Un programa de capacitación amplio y sostenido en todos los países de la región, se considera una necesidad imperiosa e ineludible. En algunos países, adecuadas modificaciones legislativas pueden también construir un factor importante para evitar errores y falseamientos relacionados con la caracterización de hechos vitales.

En cuanto a la prueba para acreditar los hechos vitales básicos ante el Registrador Civil, varios países no han adoptado las recomendaciones internacionales, aunque no se trata de principios de aplicación difícil, o que implique gastos adicionales, en varios países las normas legales pertinentes son particularmente vagos y oscuras. En varios países también, la practica se ha disociado del régimen legal evidencia inadecuación de la ley, como cuando esta exigen presentación del recién nacido para la inscripción del nacimiento, lo que en realidad no se cumple. Esta materia ilustra la necesidad de revisiones legales profundas, porque la naturaleza y regulación de las pruebas es un asunto netamente legal.

Varios países de la región todavía mantienen gravámenes sobre la inscripción oportuna de nacimientos, defunciones y matrimonios, en contradicción con el hecho de que dicha inspección es una función legal y obligatoria ordenada por el Estado. El cobro de tributos atenta la integridad de los Registros. De la tesis que sobre esta materia emana los principios y recomendaciones internacionales es posible concluir “a contrario sensu” que pueden gravarse las actuaciones del Registro Civil que tienen mayor interés privado o individual que social, como el registro de separaciones, divorcios y nulidades matrimoniales y los pactos de los cónyuges sobre sus bienes. Esta conclusión es importante frente a la pobreza endémica de los presupuestos asignados al Registro Civil, porque tales gravámenes pueden de puente de financiamiento para el propio organismo.

Si las defunciones fetales no tienen interés para el Registro Civil porque no constituyen un hecho de estado civil, es lógico que no sean objeto de inscripción, pero al mismo tiempo si este hecho vital tiene enorme interés para fines sanitarios es también lógico que el Registro Civil recoja la correspondiente información estadística en el momentos de otorgar el permiso para la sepultación de los restos. En esta materia las normas legales, cuando existen son particularmente confusas y han impedido que el Registro Civil opere en forma más eficiente. Una revisión legislativa, prácticamente en todos los países se considera de urgencia extrema para mejorar la calidad de las estadísticas sobre este hecho vital.

Los índices de inscripciones son un medio fundamental de trabajo del Registro Civil no obstante, la gran mayoría de los países de la región solo cuentan con el tipo de índice más eficiente desde el punto de vista teórico, los que se llevan manuscritos y por libro o registro. La carencia de índices implica dificultad para ubicar las partidas y este hecho desarrolla el vicio de las dobles inscripciones que no solo perjudica la pureza de los registros sino que también falsea la información estadística. Habría que desarrollar una conciencia en los países en el sentido de que es necesario dotar al registro civil de los medios indispensables para que pueda servir a la colectividad con eficiencia.

Desde uno de sus aspectos, la inscripción de los hechos y actos de estado civil constituyen un sistema probatorio de esos hechos y actos que permiten regular las relaciones de los individuos dentro de la cédula familiar y las relaciones de ellos y de la familia con el Estado. Por eso las informaciones que figuran en el documento del Registro deben considerarse de carácter permanente y por la misma razón sería doble esperar que las leyes hubieren adoptado medidas para protegerlas, sin embargo a parte de una serie de controles formales, casi siempre excesivos y de escaso valor. Las legislaciones no han adoptado medidas de seguridad concretas y efectivas, salvo contadas excepciones. Si las normas de conservación y custodia del Documento de Registro pudieran considerarse una pauta para evaluar el grado de perfeccionamiento del Registro Civil se podría concluir que la situación de este organismo en América Latina es desalentadora.

Pocos países han incursionado en la utilización de computadoras y equipos de micropelícula para el Registro Civil (entre ellos Honduras). Hasta la fecha ninguna de las experiencias proyectadas ha tenido carácter global o ha recibido aplicación plena, se puede decir que haya sido verdaderamente exitosa. La necesidad de una planificación minuciosa en todos sus aspectos y la escasez de personal suficientemente calificado parece haber influido en los resultados. En las condiciones imperantes en América Latina habría que considerar más urgente solucionar los problemas que “la función Registro Civil” enfrenta en el plano local, para no terminar procesando datos incompletos o inexactos en equipos altamente sofisticados.

Para producir las Estadísticas vitales los países de América Latina han adoptado una forma de organización diferente de la de los países de otras regiones se ha distinguido entre el campo de la recolección a cargo del Registro Civil y el campo de la elaboración, a cargo de servicios de estadísticas y de salud que, a veces comparten la responsabilidad. Los organismos recolectores y elaboradores deben trabajar en coordinación permanente formando sistemas administrativos para asegurar el éxito de su gestión, por eso requieren un grado de desarrollo similar lo que no siempre ocurre porque el Registro Civil no ha conseguido apropiado desenvolvimiento, a veces estos sistemas administrativos han logrado formarse sobre la base de Comités interinstitucionales que luego dejan de funcionar debilitando los sistemas. La experiencia de los últimos años aconseja revisar La Constitución de tales Comités para transformarlos en órganos operantes y activos.

En los últimos años ninguno de los países ha medido la integridad de sus registros y solo dos han llevado a cabo encuestas demográficas con el auxilio técnico del Centro Latinoamericano de Demografía (CELADE) para obtener algunos indicadores demográficos, cuyos datos básicos el Registro Civil y Estadísticas Vitales ha sido escasa. No se puede esperar que el Registro Civil logre un perfeccionamiento efectivo sin asistencia técnica efectiva, prolongada y sistemática, las complejas implicaciones legales del problema respaldan esta tesis. Parte importante de dicha asistencia debe consistir en un amplio programa de capacitación del personal que incluya tanto materia legal como estadística, a fin de que dichos organismos acepten como función propia e ineludible en definitiva la tarea de recoger datos estadísticos sobre los hechos que inscriben.

En suma el Registro Civil de La Región necesita reformas sustanciales, juzgado globalmente, ha permanecido estático, sin evolución en las ultimas décadas, al paso que la sociedad a la que debe servir ha experimentado notable progreso en conformidad con las características del problema. No se puede pretender que la transformación tenga lugar sin la comprensión y participación activa de los Gobiernos y sin una intensa y prolongada asistencia técnica internacional.

ANALISIS DE LAS LEYES Y REGLAMENTACIONES DEL REGISTRO CIVIL

ANALISIS DE LAS LEYES Y REGLAMENTACIONES QUE RIGEN EL REGISTRO CIVIL

A. Porque es necesario analizar las leyes y reglamentaciones

Los Registros Civiles no pueden hacer todo lo que los administradores quisieran que se desarrollara, existen requisitos sobre el funcionamiento de los Registros, la información que es preciso inscribir quien debe realizarla, como esta se inscribe.
Todo esto esta establecido en las leyes y reglamentos que rigen o regulan el Registro Civil.
En algunos casos están leyes especifican actividades que son totalmente ajenos a la Política Pública; en consecuencia la noción no obtiene beneficio alguno de ella.
Utilizar equipos modernos para acelerar procesos establecidos por esta ley pero que carecen de sustentación, es oneroso y poco eficaz que eliminar ese procedimiento.
A veces los Registros no pueden utilizar tecnología moderna para resolver problemas porque la legislación especifica o detalla una norma o técnica que no se ajusta a la nueva tecnología.
Los problemas de esta naturaleza se resuelven de manera eficaz reformando a la ley que haciendo a un lado el uso de nueva tecnología o estableciendo dos sistemas paralelos.

B. Leyes Relativas al Sistema del Registro Civil.

El cumplimiento de muchas leyes depende de referencias en el Registro Civil, Herencias, mayoría de edad, relación entre miembros de la familia, etc.
Estas leyes deben ser analizadas detalladamente por su contenido político público particularmente a lo que se refiere a los medios alternativos de establecer registros validos y el costo de restituir registros perdidos, estas medidas incluyen un análisis de las repercusiones de política pública que tiene cada ley, especialmente en tanto afectar el tiempo requerido, la complejidad del proceso legal y otros posibles cargos, en términos mas generales los códigos tales como El Código de Procedimiento Civil y el de Procedimiento Penal deben ser examinados en detalle para determinar que establece la legislación al respecto, es notable cuantos proyectos de reforma del Registro Civil adoptan Sistemas Modernísimos será que se haya modificada las leyes que estipulan que conforme a la ley solo se pueden aceptar registros en papel.

C. Legislación que rige el Registro Civil.

Además de la legislación que se refiere al registro civil, algunas leyes y reglamentaciones pertinentes rigen directamente el funcionamiento del Registro Civil, esas normas inciden directamente en la determinación de tecnología a utilizar y en la determinación de si los nuevos procesos y tecnologías mejoran efectivamente el funcionamiento del Registro. Podría producirse una situación en que los antiguos procedimientos dispuestos por ley sencillamente coexistan con las nuevas tecnologías reduciendo considerablemente el efecto de la reforma.
En general la mayoría de las leyes sobre Registro Civil destacan de muchos años antes de los sistemas del Registro moderno, en particular se refieren a técnicas de registro en papel e inscripciones manuales, pluma sello, máquina de escribir, los que formulan las leyes sobre registro lo hicieron basándose en la disponibilidad de los archivos de papel y la garantía que estos ofrecían la confianza implícita en el papel ha llevado a leyes y reglamentos que determinan gran parte de la aparente ineficiencia de los actuales sistemas de Registro en particular

*Duplicación física de archivos de otras instituciones.
* Copias múltiples de documentos en la misma institución.
*Retención indefinida en la documentación en la misma institución.
* La entrada manual de información en libros con páginas numeradas consecutivamente.

D. Requisitos para que varias instituciones tengan acceso a los Registros o datos del Registro Civil.

Conforme al antiguo sistema en papel dos instituciones pueden mantener copia de documentos solo si existen dos copias en papel, igualmente usará una copia fotográfica o fotocopiada requiere un sistema de seguridad diferente del sistema de firma personal, para que dos instituciones tengan documentados archivos en un sistema basado en papel, debe haber por lo menos dos opias del original o debe haber un sistema de sancionado legalmente


E. Requisitos para la seguridad de las copias.

Sin embargo en un sistema computarizado el sistema de convalidación se produce antes de procesar la información al sistema y la segunda institución solo necesita acceso al sistema de computación de la primera los métodos de acceso a la información pueden ser seguros de diversas formas mas eficaces que las copias a mano, por ejemplo: los documentos pueden codificarse para lectura solamente y pueden archivarse en diskets, CD room o cintas de computadoras y pasarse de un departamento u organismo a otro.
Asimismo los métodos de acceso a la información pueden incluir conexiones de lectura solamente para redes de áreas locales o de gran amplitud con acceso y tiempo real a la información del organismo donde se origina la información para establecer tales procedimientos, sin embargo las leyes y reglamentaciones deben cambiarse a fin de permitir que los registros electrónicos satisfagan los requisitos legales, un país puede contemplar planes complejos de automatización cuando su legislación claramente establece que un documento es legalmente valido solo si esta escrito en papel y consta en un libro encuadernado.
En ese país la automatización producirá en el mejor de los casos un sistema paralelo que acelerara algunos tramites extraoficiales.



F. Requisitos de acceso público.

La política del Registro Civil en cuanto al acceso público tiene un efecto importante sobre la seguridad de los documentos en los casos que el acceso al público es amplio generalmente existen múltiples copias de documentos en el registro puesto que es redituable hacer copias y circularlos.
Algunos requisitos ponen la información a disposición en diferentes dispositivos de almacenamiento, por tal motivo la información que requiere el registro debe ser objeto de cuidadoso análisis de la política pública.




G. Requisitos de Retención de documentos.

Las leyes que rigen la mayoría de los sistemas de Registro basado en papel no tienen ninguna regulación clara respecto a la destrucción de archivos , a excepción de Honduras que en su legislación lo regula. Esto ha producido una crisis en el almacenamiento de archivos en muchos registros civiles latinoamericanos.

Como el número de personas que vive en un país latinoamericano solo puede aumentar cada día hay mayor número de archivos de papel que mantener .
Se guardan en locales que son caros y están dilapidados. Los registros raramente cumple su cometido legal de salvaguardar archivos que por lo común están en proceso de deterioro debido a la presencia de insectos, humedad o descomposición del papel , la fusión de tecnologías viejos y nuevos puede agravar el daño por ejemplo los tomos enormes que deberán abrirse con sumo cuidado e inscribirse con una pluma ahora se abren con descuido y se vuelcan boca abajo para fotocopiar, muchos registros civiles han deteriorado los tomos al no poseer la tecnología adecuada de microfilm para procesar los folios sin desencuadernarlos ya que el efecto es traumático porque habrá que encuadernarlo nuevamente proceso lento y que se cuenta con escaso personal para esa tarea.

Los méritos de la disposición de los archivos se han argumentado ampliamente. Todo el mundo esta de acuerdo en que debe retenerse los archivos de actualidad en algunos casos la decisión es fácil porque los archivos tienen una utilidad limitada, principio que no se ajusta ya que no importa tan antiguo documento pero tiene igual importancia para el Registro civil que una reciente .

El valor jurídico e histórico de los archivos del Registro civil es irrefutable bajo tal circunstancia ninguna autoridad del registro civil podrá limitar después de cierto período su valor legal ni mucho menos eliminar estos archivos o inscripciones.

Favorablemente las tecnologías han cambiado sustancialmente los costos y beneficios, la indudable importancia de estos archivos en el corto plazo y la necesidad de compartirlos entre instituciones hace preciso transformarlos en imagen de computadora.

Mediante lector óptico o ingresarlos a la computadora en forma digital para lectura a máquina, así es más barato discernir los datos de un
CD-ROOM o disco óptico, aunque se estima que la vida de estos medios de almacenamiento es de 50 años es simple y práctico mantener un programa práctico para renovarlos, además en el área de informática donde la descripción anual de los componentes es de alrededor el cincuenta por ciento la única producción segura sobre la tecnología del almacenamiento dentro de cincuenta años es que será más barata.

Es importante recomendar que si los sistemas de Registro Civil tiene respaldada la información de las inscripciones en microfilm se recomiendan los siguientes aspectos técnicos:

1) Conservar en un ambiente adecuado el archivo general de documentos microfilmados.
2) Conservar los equipos lecturas para evacuar consultas.
3) Realizar la transferencia de la información microfilmada.
4) Conservar un duplicado del Archivo de microfilm en un área física distante del archivo general de datos microfilmados, previendo situaciones de calamidad o fortuitos que dañara la documentación del Registro Civil o la primera copia del microfilm.



Requisitos de obtención de información


Toda la información que recoge el Registro Civil tiene un costo que incluye los recursos del Registro para recoger y archivar esa información y el costo a los ciudadanos en términos de su tiempo en dar información y el retraso de otras actividades mientras obtienen información del Registro Civil.

Un Sistema de Registro Civil bien diseñado tomaría en cuenta las distintas necesidades de información de las instituciones públicas, pero economizaría en el tiempo de los ciudadanos en registrar y obtener información. En tal sistema una vez que se obtuvo información en un lugar, esta estaría disponible en todas las otras etapas del sistema de Registro que lo requieran así por ejemplo, si se requiere un huella digital para el Registro Civil la oficina de vehículos automotores que expide licencias de conducir o la institución financiera que necesita confirmar la identidad de un cliente o usuario del banco debe poder acceder a ese registro de huellas dactilares y no requerir un nuevo procedimiento y conformar un archivo independiente.


En conclusión un Registro Civil cuyo archivado estén integrados documentalmente, procesado digital y electrónicamente y con la suscripción de convenios con instituciones públicas y privadas contribuirá a mejorar los procesos administrativos y se constituirá en una fuente de ingreso por la venta de servicios con las restricciones establecidas en las leyes y reglamentos que rigen de los Registros Civiles.








Elaborado por: Lic. Jorge Fernando Martínez Gabourel
Oficial de capacitación Registro Civil
ahrbom@ yahoo.com

EL REGISTRO CIVIL HONDUREÑO MODELO A NIVEL LATINOAMERICANO FORTALEZAS Y DEBILIDADES

EL REGISTRO CIVIL HONDUREÑO
MODELO A NIVEL LATINOAMERICANO
FORTALEZAS Y DEBILIDADES




El Registro Civil hondureño fue organizado en 1880 por el Gobierno reformista del Dr. Marco Aurelio Soto, antes de ese período el equivalente al Registro civil eran los Registros parroquiales, durante 123 años hasta 1983 los Registros civiles fueron administrados por las Alcaldías Municipales a través de los secretarios municipales, en 1982 es aprobado la nueva ley del Registro Civil denominada Ley del Registro Nacional de las Personas inicio a la vida operativa en Enero de 1984 con un organismo descentralizado dependiente del entonces Tribunal Nacional de Elecciones, es importante destacar como un antecedente de esa nueva ley e Institución que durante los Regimenes de facto o militares que se había constituido una especie de Asamblea popular compuesta por organizaciones gremiales y de diversa índole denominado Consejo Asesor del Gobierno de las Fuerzas Armadas se presento el primer anteproyecto de la ley del Registro Nacional de las Personas .
Tanto en este anteproyecto como en la ley vigente en 1982 incluye principios
Internacionales surgidos para el funcionamiento del Registro Civil.
Comisiones técnicas realizaron viajes a algunos países incluyendo Costa Rica para observar el modelo y funcionamiento de los Registros Civiles modelos en ese período y que aún mantienen ese nivel.



Se conceptualizo un Proceso Registral que permite inscribir los hechos y actos del Estado Civil en tomos preimpresos y con la copia desprendible que constituye el tomo duplicado o libro copiador, se diseñaron tomos para las inscripciones de :
1. Nacimientos
2. Defunciones
3. Matrimonios
4. Naturalizaciones
5. Formalización de unión de hechos
6. Adopciones
7. Reposición de Oficio



Se elimino ese proceso anacrónico y artesanal de la transcripción literal para constituir el libro duplicado o copiador en forma paralela ya que al establecerse un duplicado al carbón se cumple con una de las sugerencias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en cuanto a que las inscripciones deben ser realizadas en libros preimpresos o a través de fichas, siendo el tomo con estas características el que se utiliza en nuestro país.








También es de destacar que el Registro Civil Hondureño tiene cobertura en todo el territorio nacional a través de las 298 oficinas de Registro Civil Municipal y las Oficinas de Registro Civil Auxiliar , situación que se ajusta a los requerimientos sugeridos a nivel internacional que contribuye a que la población acceda fácilmente en procura de los servicios que brinda el Registro Civil Hondureño .

La gratuidad de las inscripciones de los hechos y actos del Estado Civil esta garantizado por la ley del Registro Civil Hondureño principio universal sugerido por la División de Estadísticas y Registro Civil de la Organización de las Naciones Unidas.
Además el proceso de las inscripciones esta totalmente conceptualizado y estructuturado el flujo operativo en el plano municipal y de las oficinas centrales del Registro Civil Hondureño de la información relativa a los hechos y actos que modifican el Estado civil de las personas naturales, esta dinámica se realiza a través del envio de las comunicaciones de las anotaciones marginales una vez realizada cualquier inscripción u anotación marginal que en algunos casos solo se inscriben u anotan en el municipio donde se realiza la inscripción del hecho o acto por estar inscrito en ese municipio el nacimiento del titular de la inscripción y de las modificaciones del Estado civil referidas, en otros casos se envia la comunicación a otro municipio en virtud que la inscripción se encuentra en otro Municipio, y debido que en el Registro Civil Hondureño el expediente de vida tiene como su receptor, o base de información la inscripción de nacimiento, en la cual se realizan todas las anotaciones marginales cuando su titular:

1. Contrae matrimonio o formaliza la unión de hecho
2. Se modifica su nombre(s), apellidos, fecha de inscripción de nacimiento, sexo etc. En virtud de un error.
3. Cuando fallece
4. Cuando ha sido adoptado
5. Cuando ha sido reconocido por su padre o madre.
6. Cuando se disuelve el vínculo matrimonial o la formalización de unión de hecho


Otro aspecto interesante que el Registrador Civil Hondureño cumple con un estándar fundamental sugerido por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) es el relativo a que cada hondureño inscrito su nacimiento en el Registro Civil automáticamente tiene su numero único de identificación personal o su numero de tarjeta de identidad conformado por trece dígitos .
La sugerencia de este organismo internacional es que el numero de identificación personal este ligado a la inscripción de nacimiento , que puede tener entre diez o dieciocho dígitos dependiendo del volumen de población.


Las características de nuestro número de identificación personal es muy practico y vincula las recomendaciones sugeridas tales como:

1. Lugar de inscripción a través de códigos geográficos departamental y municipal .
2. Año de inscripción
3. Numero de acta correlativo en la inscripción de nacimiento.






Es importante señalar que la legislación hondureña relativa al Registro Civil no impone obligatoriedad en el caso de las inscripciones de nacimiento para que obligatoriamente sea inscrito en lugar donde ha acaecido puede ser inscrito por los padres o las demás personas obligadas a realizar la inscripción donde mas lo considere oportuno por domicilio o por cualquier otro criterio . Este aspecto ha generado un factor positivo que el Registro oportuno de las inscripciones de nacimiento es de un noventa por ciento siendo un logro importante por los plazos, requisitos y aspectos legales establecidos en estos casos.

La ONU sugiere la organización o establecimiento de un archivo central, nuestro Registro Civil lo tiene desde su fundación y organización en 1880 cuando se denominaba el Archivo Nacional Sección de información del Registro Civil que en 1984 se convirtió por la nueva ley del Registro Civil en el Archivo Central del Registro Civil.


El Registro Civil Hondureño con este proceso Registral consolidado ha sido la base fundamental para la organización de un proceso de identificación personal debidamente estructurado por su base fundamental como lo es la información de las inscripciones de nacimientos y sistema Biométrico de identificación que asegura la seguridad que en materia de identificación se sugiere para los modernos procesos de identificación.


Otra extensión de gratuidad de los Servicios del Registro Civil que va más allá de los sugeridos por la Organización de las Naciones Unidas lo constituye que las actividades realizadas por las Oficialías civiles Departamentales y Seccionales especies de jueces en materia de Registro Civil dependientes jerárquica y administrativamente de la autoridad central del Registro Civil.


Otro aspecto fundamental lo constituye que el personal que ingresa a laborar a la institución como Registrador Civil o su personal auxiliar deberá recibir una capacitación integral en materia de Registro Civil e identificación personal y debe demostrar un alto grado de pureza en la ortografía como requisito fundamental para ingresar a laborar a la institución, además de aprobar las evaluaciones correspondientes , situación también sugerida por las Naciones Unidas todos estos y otros aspectos están claramente definidos en la parte conceptual y operativa del Registro Civil Hondureño.


¿Entonces que hace falta para su eficacia y confianza por parte de los usuarios del Registro Civil?

Desde su inicio en 1984 el Registro Civil Hondureño a tenido un fuerte componente de politización ya que los Partidos legalmente constituidos han tenido opción en cuanto al nombramiento de los funcionarios y empleados de esta Institución dependiendo técnica y administrativamente del Tribunal Nacional de Elecciones, este factor de politización ha traído inestabilidad laboral un cambio constante de los funcionarios y en especial de los Registradores Civiles Municipales y personal auxiliar recientemente se produjeron reformas legales político electorales derivando de ello la separación e independencia del Registro Civil Hondureño del Tribunal Supremo Electoral factor positivo para la consolidación del Registro Civil tal como lo establece la nueva ley

como un organismo autónomo con patrimonio propio e inminentemente técnico, pero el componente político sigue pesando a pesar de las Reformas políticas, por lo que es necesario que el poder legislativo hondureño debe dar cumplimiento a la nueva ley convirtiendo al Registro Civil Hondureño en un organismo técnico y eficiente y a mediano plazo se obtendrán estos objetivos ya que no es necesario un proceso radical de reorganización del Registro Civil ya que su estructura y procesos registrales y la ,mayoría de sus componentes técnicos administrativos son válidos y solo se requiere trabajar sustentado en dos principios fundamentales de trabajo.

1. La función Registral es la tarea fundamental del Registro Civil Hondureño y de ella como un sub producto deriva la identificación ciudadana y de los menores de edad .mayores de doce años.


2. Que el Registrador Civil Municipal es la piedra angular del sistema de Registro Civil y de su buena labor deriva un Registro Civil actualizado y eficiente










Elaborado por abogado
Jorge Fernando Martínez Gabourel
Oficial de Capacitación
Registro Civil Honduras
ahrbom@yahoo.com

FACTORES DE DETERIORO DE LOS DOCUMENTOS DEL REGISTRO CIVIL LATINOAMERICANO

FACTORES DE DETERIORO DE DOCUMENTOS DEL REGISTRO CIVIL


A través del tiempo el papel se deteriora lenta o rápidamente dependiendo de su composición inicial y de las condiciones en las cuales se conserva aunque la permanencia del Papel, represento un serio problema desde el inicio de su manufactura varias invenciones modernas han influenciado la permanencia del papel algunas favorablemente y otras en forma negativa hasta El Siglo XIX, el papel se fabricaba manualmente usando materiales y procesos que habían sido probados durante mucho tiempo.

El desarrollo en la educación y las comunicaciones a partir de 1700 crearon una gran demanda de papel, como resultado se hizo necesaria la búsqueda de nuevos procesos de fabricación que aceleraran la obtención del papel.

El uso del cloro como blanqueador de las fichas celulosicas a partir de 1774 acelero el proceso de la fabricación del papel, pero debido a la hidrólisis ácida de la parte soluble de las fibras celulosicas estas perdían parte de su fortaleza inicial, la calidad del papel disminuyo hasta el punto que ha sido comprobado que la calidad del papel del medievo era superior a la del papel actual.

En nuestros Registros Civiles Municipales, podemos observar la excelente calidad del papel de los Libros de Inscripciones del Registro Civil del Sistema Viejo en relación a la baja calidad del papel en los libros del actual sistema, las causas que se toman como indicadores del grado de deterioro del papel se puede dividir como sigue:

1. Causas Internas y,
2. Causas Externas.


1) Causas Internas del Deterioro del Papel.
La mayoría de los investigadores están de acuerdo en que la acidez es la causa primaria del deterioro del papel a través del tiempo. Se han demostrado que la alta acidez en el papel a través del tiempo, se recomienda que el papel para documentos y libros sea fabricado con pulpa neutral o alcalina conteniendo un agente neutralizador tal como carbonato de sodio (Ca 03).

También se ha determinado que el dióxido de azufre (S 02), del aire es una de las causas principales del deterioro del papel este penetra por los bordes de las hojas de papel y es convertido por las impurezas metálicas presenta en el papel formando ácido sulfúrico.


2) Causas externas del Deterioro del Papel.
Las cusas externas del deterioro del papel son aquellas condiciones de tipo físico-químico y bioquímico que alteran la estructura del papel son:

1. Altas Temperaturas.

2. Humedad relativa Elevada.

3. Infección por mohos (hongos), bacterias, insectos, roedores.


- Altas Temperaturas.
Los microorganismos requieren para su desarrollo de condiciones optimas de temperatura, humedad y concentración de nutrientes.

- Los Mohos (Hongos).
Son microorganismos vegetales de estructura compleja crecen en forma de redes de fibras entrelazadas llamadas “micelios” y levantan cuerpos fructíferos que producen esporas de mohos, las bacterias y los mohos prosperan en condiciones calurosas y húmedos.

- Los Insectos y Roedores.
Son destructivos en Documentos y Libros, causan deterioro físico y las condiciones para que los mohos y bacterias ataquen la estructura del papel. Generalmente se controlan los insectos y roedores por medio de la Fumigación con productos químicos tales como: El Bromuro de Metilo, El Oxido de Etileno y El Oxido de Propileno en preparaciones adecuadas, así como podructos insecticidas en aerosol tareas preventivas contra el deterioro que no se han aplicado en las Oficinas del Registro Civil Municipal, la apariencia amarillenta es un índice del grado de deterioro del papel.

Por todo lo anterior, El Registrador Civil Municipal debe velar porque los libros de Inscripciones del Registro Civil se mantenga debidamente ordenado en sus respectivos estantes procurando mantener las condiciones ambientales adecuadas para evitar su deterioro y con el apoyo de las autoridades centrales del RNP, que se implementen periódicamente las medidas preventivas para evitar el deterioro de los documentos del Registro Civil.




















Elaborado por La Unidad de Capacitación del RNP.

QUIEN VENDIO LA INFORMACION

¿ QUIÉN VENDIÓ LA INFORMACIÓN ?

Tegucigalpa. El Ministro de Gobernación y Justicia, Jorge Ramón Hernández Alcerro ha prometido iniciar a partir de hoy, una exhaustiva investigación para llegar al fondo de la venta ilegal de información confidencial a la Empresa CHOICE POINT, quién a su vez la ha vendido a agencias federales de Estados Unidos.
El pasado martes, el Secretario privado del presidente, Ricardo Álvarez, prometió investigar la veracidad de la información que publicó de forma exclusiva diario EL HERALDO en su edición del lunes 14 de abril.
Según el funcionario, es inadmisible que información de la población hondureña confidencial haya sido vendida para afectar a los mismos hondureños que se encuentran ilegales en ESTADOS UNIDOS. Se ha conocido que el gobierno estadounidense utiliza esta información con diferentes fines, pero por el momento destaca la identificación de indocumentados y la lucha contra el terrorismo.
Hernández Alcerro dijo ayer a EL HERALDO que la Secretaría de Gobernación y Justicia es el enlace entre el Poder Ejecutivo y organismos como el Tribunal Nacional de Elecciones (T.N.E.) Y Registro nacional de las Personas (R.N.P.) por lo que de su competencia investigar que Institución o funcionario incurrió en este delito.
Aunque estaba informado de la irregularidad que se ha denunciado, Hernández Alcerro dijo que es muy poco lo que se ha logrado investigar sobre el particular, en virtud de que todas las dependencias del Estado estaban de vacaciones. “ Pero hoy mismo me comunicaré con diferentes personas para saber de donde salió esta información”, dijo.
A su juicio, la información que manejan los Registro Civiles es pública pero a la vez confidencial y por tanto, no se puede ser vendida ni mucho menos entregada para ser usada por otro país. “ La persona que haya vendido esta información la incurrido en un delito”, advirtió como parte de las investigaciones, Hernández Alcerro aseguró que se comunicará con funcionarios de la Cancillería y con el Embajador de Honduras en Washington, ya que a su juicio la información solo pudo salir del TNE, del RNP, de la oficina de Pasaportes o de los Consulados, hasta donde han llegado miles de hondureños afanados por estar inscritos en el Estatus de Protección Temporal (TPS).
Si la información salió de los consulados, esto sería grave y tendría enormes repercusiones, dijo el funcionario ya que los hondureños podrían asustarse y no ir más a los consulados para arreglar su situación legal.
Además del Tribunal de Elecciones y el Registro Nacional, las instituciones u organizaciones que también manejan información confidencial de los hondureños son la Subdirección de Tránsito, a través de las licencias de conducir; las iglesias, a través de las fe de bautismo, Relaciones Exteriores, a través de los pasaportes, el Instituto Hondureño de Seguridad Social, a través del carnet de Afiliación.
También hay instituciones privadas que tienen acceso a datos confidenciales, entre estás destacan los bancos, las compañías de seguro, el RAP y las empresas de tarjetas de crédito. En el caso de México, funcionarios ya han determinado que se vendió el padrón electoral y la información de las licencias de conducir. En Nicaragua y Costa Rica, las máximas autoridades han ordenado la investigación y que se deduzca responsabilidad a los responsables de esta anomalía.
En Brasil, la empresa CHOICE POINT tuvo acceso al banco de datos de la empresa telefónica, la cuál tiene en sus archivos a una gran parte de la población.


LA CIFRA 18 AGENCIAS FEDERALES TIENEN ACCESO A INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE CHOICE POINT COMPRÓ EN PAÍSES LATINOAMERICACNOS.









RECOPILADO POR LA UNIDAD DE CAPACITACIÓN DEL R.N.P.

EL COVID 19 Y EL REGISTRO CIVIL AUDIO