sábado, 15 de marzo de 2008

EL DOMICILIO ELECTORAL Y LOS PROCESOS ELELCTORALES

EL DOMICILIO ELECTORAL Y LAS ELECCIONES GENERALES



Con la implementación del proyecto de identificación Nacional en el Registro Nacional de las Personas en el año 1996 dándole cumplimiento a la reforma a la Ley Electoral también se puso en practica el Voto Domiciliario.

El Tribunal Nacional de Elecciones, bajo su dirección y supervisión organizo todo lo relacionado con el Voto Domiciliario.
Con el Voto Domiciliario se busca que el elector ejerza el sufragio en el Centro de votación de más fácil acceso o conveniencia a su domicilio, respetando la Jurisdicción Municipal.

Para la organización del Voto Domiciliario en todo el país se efectúo revisión y ordenamiento de diferente información como ser :

Mapas y Planos de cada Municipio, listados división Política territorial, Centro de Salud, Oficinas Estatales, Centro Comunales, así como datos de la población y Vivienda etc.


CRITERIOS UTILIZADOS PARA LA SELECCIÓN DE CENTROS DE VOTACIÓN

1. Análisis del número de Habitantes
2. Ubicación Geográfica
3. Facilidad de acceso de los lugares asignados a determinados Centro de Votación.
4. Existencia de Locales con las condiciones necesarias para la ubicación de las Mesas Electorales Receptoras M.E.R.

2.- Todo Ciudadano Hondureño al momento de solicitar su Tarjeta de Identidad con la información relativa a su domicilio se le asigna el Centro de Votación donde ejercerá el sufragio.
3.- ¿Qué debió realizar el Ciudadano que cambia de domicilio para poder ejercer el sufragio?
Observando lo establecido en la ley Electoral de acuerdo a los plazos debió solicitar la actualización de su domicilio Electoral:
4.- ¿ Que es el Voto Domiciliario?
Es el ejercicio del sufragio por el elector en el Centro de Votación de más fácil acceso o conveniente a su domicilio dentro de su jurisdicción Municipal.




¿Qué es el Centro de Votación?

Es la instalación física donde se ubicaron las Mesas Electorales Receptora y en las cuales deberán ejercer el sufragio los electores de los lugares poblados asignados a un sector electoral.
La Mesas Electoral receptora, están integradas por un Miembro propietario y un suplente por cada partido político o Candidatura Independiente legalmente inscrito.

VENTAJAS DEL VOTO DOMICILIARIO

La creación del Voto Domiciliario fue para facilitar al elector el ejercicio del sufragio y así reducir el abstencionismo electoral.
v Se acerca la Urna a los electores
v Amplia participación ciudadana en los procesos electorales
v Disminución de los costos de transporte, mínimo requerimiento de los electores de vehículos automotores.
v Se reduce el abstencionismo electoral
v Fortalecimiento de los procesos electorales
v Respecto a la Jurisdicción Municipal, porque facilita que el elector escoja a la persona que desea para alcalde y Regidores del Municipio de su domicilio.

¿Cómo verificar si esta si esta incluido en e Censo Nacional Electoral y su domicilio electoral está actualizado?

Através de los listados del Censos Nacional Electoral en las oficinas del Registro nacional de las Personas en sus oficinas Centrales Municipales, Tribunales Departamentales y Locales de Elecciones y los partidos políticos Legalmente constituidos recientemente finalizo el periodo de reclamos por parte de la ciudadanía en cuanto a la información si aparece en forma incorrecta sus datos, información domiciliaria.
La ciudadanía en forma responsable debe verificar cual es el centro de votación donde le corresponde ejercer el sufragio cerca de su domicilio.

LAS ESTADISTICAS



Centros de Votación existentes 5,309
Cambios de actualización Domiciliaria en el país 94,319
Cambios de actualización Domiciliaria en el Extranjero 3,081





TÓMELO EN CUENTA
1. La tarjeta de Identidad es el documento único autentico y suficiente de Identificación de los Hondureños con el cual se ejerce el sufragio.
2. El listado definitivo de electores es la lista de los electores habilitados por el ejercicio del sufragio emitida por el Tribunal Nacional de Elecciones por medio del Organismo competente previa verificación o incorporación en el Censo Nacional Electoral y actualización Domiciliaria.
3. La papeleta Electoral es el documento elaborado por el Tribunal Nacional de Elecciones para que el elector manifieste su decisión por los candidatos de su preferencia.
4. Los Tribunales Departamentales que serán nombrados por el Tribunal Nacional de Elecciones y están integrados por un miembro propietario y un suplente designados por cada uno de los partidos legalmente inscritos.
5. El Tribunal Nacional Elecciones instalara una mesa electoral receptora por cada trescientos electores; no obstante por razón del voto Domiciliario podrá instalar mesas con un número no mayor de cuatrocientos cincuenta Electores y no menos de cien Electores.


FUENTE: UNIDAD DE CAPACITACIÓN DEL R.N.P.
MAYOR INFORMACIÓN LLAMAR A LA Unidad de Capacitación del R.N.P.
Tel. 222-20-10 222-27-61 Extensión 220
TRIBUNAL NACIONAL DE ELECCIONES
222-43-41


Tegucigalpa M.D.C., 29 de octubre de 2001




UNIDAD DE CAPACITACIÓN R.N.P.

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