domingo, 21 de septiembre de 2008

ELPROBLEMADE LAOMISION DE INSCRIPCIONES DE DEFUNCION EN HONDURAS

EL PROBLEMA DE LA OMISION DE LAS INSCRIPIONES DE DEFUNCIONES EN EL REGISTRO CIVIL

Cada año fallece miles de personas en nuestro país por diferentes causas de las cuales apenas se inscriben por parte de sus familiares y autoridades competentes un 50%, es necesario concientizar a las ciudadanías en relación a la importancia de la inscripción oportuna de las defunciones que ocurren.

FACTORES QUE GENERAN LOS SUBREGISTROS DE LAS INSCRIPCIONES DE DEFUNCIONES

Falta de cultura registral en nuestra población para ello es necesario realizar una campaña sobre la importancia de la inscripción de los deferentes hechos y actos sujetos a inscripción en el registro civil a través de actividades en la comunidad centros educativos, medios de comunicación.
Falta de cobertura del Registro Civil el Registro Civil tiene cobertura en los 298 municipios del país, pero a pesar de ello existen muchas comunidades alejadas de la cabecera municipal las cuales no tienen fácil acceso para reportar oficialmente este hecho.
No existe controles rigurosos por parte de las autoridades para exigir a los familiares del fallecido el permiso de entierro, el cual debe ser la constancia de haberse inscrito la defunción en la oficina del registro civil donde la persona falleció.
Muchos ciudadanos no tienen incentivos para realizar la inscripción de la defunción especialmente si el fallecido no poseia bienes, actitud totalmente herronia pues en el plano personal los familiares en cualquier momento podrán necesitar acreditar legalmente el fallecimiento del familiar.

IMPORTANCIA DE LA INSCRIPCION OPORTUNA DE LAS DEFUNCIONES EN RELACION A LAS ESTADISTICAS VITALES

A través de la inscripción de registro civil de las defunciones se determinan oficialmente cuantas personas fallecen.
La edad, sexo de las personas fallecidas.
Determinar causas que provocan el fallecimiento.

Esta información que mendicante las inscripciones de defunción y el reporte estadístico que elabora el registro nacional de las personas una vez realizada las inscripción servirá para que periódicamente el Instituto Nacional de Estadística realice las tabulaciones y posterior publicación de las estadísticas vitales que contribuyan a que las organizaciones gubernamentales y privadas disponga de información estadísticas actualizadas que contribuyan al mejor desarrollo de las labores a favor de la población en las diferentes áreas de interés social.

PROBLEMAS DETECTADOS EN LAS INSCRIPCIONES QUE IMPIDEN LA INFORMACION OPORTUNA DE LAS INSCRIPCIONES DE LAS DEFUNCIONES.

Modalidad de entregar solamente los permisos de entierro a los familiares de los difuntos se pierde la oportunidad, de inscribir de inscribir de inmediato la defunción.
Falta de control especialmente en las áreas rurales donde las autoridades municipales no exigen a los familiares la inscripción de la defunción como requisito para su inhumación en el cementerio de la localidad.
Restricciones establecidas, en la ley del RNP donde se exige que la defunción debe ser inscrita en e municipio donde ocurrió el hecho. Muchas personas trasladan los cadáveres para darle sepultura en otro municipios sin previamente haber realizado la inscripción de este hecho.
Falta de conciencia acerca de la importancia del registro estadístico de las defunciones, es necesario desarrollar coordinación interinstitucional y mayor cumplimiento por parte de la población en su obligación de acudir al Registro Civil para reportar la defunción.

¿ Dónde se inscribirá la defunción y cual es el plazo que la ley del Registro Nacional de las Personas establece?+
Se inscribirá la defunción en la oficina del registro civil del municipio donde ocurrió el hecho y se inscribirá dentro los ocho días siguientes de haber tenido conocimiento del hecho, en el caso de personas fallecidas en asilos, orfanatos, hoteles, pensiones u establecimientos similares el director del centro o el administrador deberán notificar al Registrador Civil Municipal del lugar donde ocurrió el hecho en el termino de las 24 horas siguientes de haber fallecido.

ESTADISTICAS
En nuestro país solo se inscriben el 50% de las defunciones que ocurren cada año

ELABORADO ABOGADO JORGE FERNANDO MaRTINEZ GABOUREL
OFICIAL CAPACITACION REGISTRO CIVIL HONDURAS ahrbom@yahoo.com

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