La Persona legalmente hablando, es todo ser capaz de tener y contraer derechos y obligaciones. Cuando los derechos y obligaciones los ejerce un individuo en forma particular se habla de PERSONA FÍSICA O NATURAL.
Según nuestro Código Civil la Persona Natural es "todos los individuos de la especie humana, cualquiera que sea su edad, sexo, estirpe o condición ".
La existencia Legal de la persona natural comienza al nacer y termina con la muerte.
Los requisitos para la existencia legal son:
Que haya nacimiento. Es decir ,que la criatura sobreviva al parto.
Que el niño sea separado completamente de su madre. Es decir ,que su cuerpo salga integramente del vientre de su madre.
Que la criatura haya sobrevivido de la separación un momento siquiera.
Estos requisitos se tornan significativos en muchas instancias legales como los relativos a la herencia.
ATRIBUTOS DE PERSONALIDAD PERSONA NATURAL
Atributo de personalidad es la cualidad que poseen los seres y que los diferencian de los demás siendo esenciales e inherentes a cada persona, sin ellos la vida del hombre sería confusa. Los atributos de Personalidad de las Personas Físicas o Naturales son:
1. NOMBRE
Es la denominación por la cual se individualiza a una persona. Está formado por el Nombre Propio ( nombre de pila ) y el Nombre Patronímico o Apellido (o de Familia). El primero es determinado por los progenitores a su libre voluntad , sin embargo el Patronímico está ligado a la filiación y revela los orígenes del individuo.
El Nombre de cada persona se inscribe en el Registro Civil e Identificación correspondiente por uno de los padres dando origen a su Partida de Nacimiento. En algunos casos el Nombre de pila puede ser cambiado, previa autorización de un juez alegando menoscabo moral o material.
El sobrenombre que a veces podemos usar para denominar a un amigo carece de valor jurídico en tanto el seudónimo se encuentra amparado en nuestra legislación por la ley de propiedad intelectual.
2. DOMICILIO
Es el lugar de permanencia del individuo. Es de carácter libre y ayuda a completar la identificación de la persona. Existen tres tipos de Domicilio:
a) El voluntario, b) el convencional que lo fijan las personas para determinadas obligaciones y c) el domicilio Legal el cual es determinado por la ley o una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de obligaciones.
La Residencia es el lugar de hecho donde una persona habitualmente vive, en tanto que la Habitación es el lugar donde el individuo tiene asiento ocasional y transitorio.
El domicilio de una persona es importante legalmente entre otras, porque determina el lugar de celebración del matrimonio civil, debiendo corresponder el Registro Civil al domicilio de uno de los cónyuges.
3. CAPACIDAD JURÍDICA
Es la actitud que tienen las personas para ser sujetos pasivos o activos de relaciones jurídicas. Esta capacidad puede ser: a) De Goce , la cual surge en el momento del nacimiento y está indisolublemente ligada a la personalidad y b) la capacidad de Ejercicio la cual la poseen las personas aptas con discernimiento para actuar por sí mismas, ejerciendo sus derechos y obligaciones como también administrar sus bienes.
4. ESTADO CIVIL
Situación particular de las personas en relación con la institución del matrimonio ( soltero, casada, viuda etc ) y con el parentesco ( padre, madre, hijo, hermano, abuelo etc ). El estado civil de una persona tiene las siguientes características : toda persona tiene un estado civil, es uno e indivisible, es permanente ya que no se pierde mientras no se obtenga otro y las leyes del estado civil son de orden público, es decir no se transfieren, no se transmiten y no se renuncia.
5. NACIONALIDAD
Es la situación o vínculo de carácter jurídico, que tiene la persona con el Estado, pudiendo ser nacional o extranjero. De allí se desprende su calidad de ciudadano o no. La nacionalidad puede ser originaria o adquirida. La nacionalidad puede perderse cuando se cometen delitos contra la dignidad de la patria o por cancelación de la carta de nacionalización entre otras.
6. PATRIMONIO
Es el conjunto de derechos y obligaciones que son susceptibles de valorarse económicamente.
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