miércoles, 13 de mayo de 2009

POLITICAS PUBLICAS REGISTRO CIVIL COLOMBIA

UNICEF Colombia junto con la PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA, Las NOTARIAS DE TODO EL PAÍS, la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL el MINISTERIO DE COMUNICACIONES, el MINISTERIO DE SALUD, el INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR (ICBF), el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ESTADÍSTICA (DANE), la POLICÍA NACIONAL, PASTORAL SOCIAL DE LA IGLESIA y ACNUR; inició una campaña para promover entre las familias colombianas el Registro Civil de Nacimiento, con el cual los niños y niñas tendrán derecho a la identidad, a un nombre y a nacionalidad.
¿Qué es el Registro Civil?
El Registro Civil de Nacimiento es la forma legal de demostrar que una persona existe jurídicamente. Con este el niño o la niña podrá acceder a sus derechos fundamentales.
¿Quién debe registrar al niño o a la niña?
El padre o la madre del niño o la niña que se va a registrar. También puede registrar el nacimiento UNA de las siguientes personas, siempre y cuando sean MAYORES DE EDAD y presenten su cédula de ciudadanía: Uno de los ABUELOS Uno de los TÍOS Uno de los HERMANOS El PROPIO INTERESADO cuando sea mayor de edad. El DEFENSOR DE FAMILIA del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar debe registrar a los niños o niñas, cuando estos no tengan padres o representante legal.
¿Ante que autoridad se debe registrar el nacimiento?
El Registro Civil de Nacimiento se hace en el municipio en donde ocurrió el nacimiento del niño o la niña en cualquiera de las siguientes oficinas: Registraduría del Estado Civil, Notarías, Inspecciones de Policía o corregimientos, Consulados en el exterior.
¿Cuándo se hace la inscripción y cuáles son los requisitos para registrar el nacimiento?
Dentro del mes siguiente al nacimiento se deberá efectuar la inscripción en el Registro Civil. La persona que va a registrar al niño o a la niña se presentará con: Su cédula de ciudadanía y estará acompañado por el niño o la niña que va a ser registrado. Si el niño o la niña es menor de un año se imprimirán sus huellas plantares. Si el inscrito tiene más de doce meses de nacido se imprimirán sus huellas dactilares.
Además cumplirá con CUALQUIERA de los siguientes requisitos: Presentación del certificado de nacido vivo, expedido por el médico o enfermera de la institución hospitalaria en donde nació el niño o la niña. En este documento debe aparecer el número de registro o de la tarjeta profesional de quien expide el certificado. Presentación de dos testigos, Si no se tiene la constancia de nacido vivo, quien registra al niño estará acompañado en el momento y lugar de la inscripción en el Registro Civil de nacimiento, de dos (2) testigos mayores de edad, con cédula de ciudadanía y que declaren haber presenciado el hecho del nacimiento o hayan tenido conocimiento de él. En caso de no poseer ninguno de los anteriores documentos, presentarse con 2 testigos mayores de edad que hayan presenciado el nacimiento o tengan conocimiento de él.
¿Qué hacer cuando no se ha registrado el nacimiento en el plazo fijado?
Cuando el registro es extemporáneo, es decir informado después del primer mes de haber nacido el niño o la niña, se debe cumplir con los mismos requisitos exigidos para declarar el nacimiento de los niños o niñas inscritos dentro del plazo fijado, y ADEMÁS presentar CUALQUIERA (Con uno basta) de los siguientes requisitos: Presentar el Certificado de nacido vivo, sin importar su fecha de expedición o presentar copia de la Partida de Bautismo o del documento eclesiástico expedido por la iglesia o congregación en donde se haya realizado el bautismo.
¿Qué información se debe suministrar para el registro?
La siguiente información se entregará a la autoridad competente que haga la inscripción en el registro civil de nacimiento: Datos del niño o la niña que se registra: Nombre(s) y apellido(s), sexo, Grupo sanguíneo, Factor RH, lugar, fecha y hora de nacimiento. Datos de los padres del niño o la niña que se registra: Nombre(s) y apellido(s) del padre y de la madre, sus cédulas de ciudadanía y nacionalidad. Datos de la persona que va a registrar al niño o la niña: Nombre(s) y apellido(s) y documento de identidad. Datos de los testigos: Nombre(s) y apellido(s), documento de identidad y firma.


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