jueves, 19 de marzo de 2015

EL REGISTRO CIIVL Y LA INCLUSION SOCIAL EN HONDURAS


EL REGISTRO CIVIL Y LA INCLUSION SOCIAL El Registro Civil en Honduras fue organizado en el año de 1880 durante el gobierno reformista del Dr. Marco Aurelio Soto y durante 103 años fue administrado por las Alcaldías Municipales atraves de los Secretarios Municipales a partir de ese periodo, se baso la regulación jurídica establecida en el Código Civil libro Irelativo a las personas naturales se estableció todo el proceso que garantiza por parte del estado la inscripción de los hechos y actos relativos al estado civil esta organización inserta a nuestro país como garante relativo en el ámbito del derecho de familia y otras ramas del derecho. En un ejemplo sencillo a partir de 1906 año en que entra en vigencia el código civil lo constituye la demanda de alimentos que una madre exige en la instancia judicial a un padre de familia para la manutención de un hijo o de hijos donde en la gestión judicial correspondiente la certificación de nacimiento constituye la prueba plena de la relación filial del demandado y del menor que requiere manutención, con la actual estructura organizacional del Registro Nacional de las Personas que surge a la vida institucional desligándose de 103 años de administración municipal el 2 de enero de 1984, el Registro Nacional de las Personas como organismo descentralizado se ajusta a los requerimientos de un estado moderno que de acuerdo a los estándares internacionales sugeridos por la Organización de Naciones Unidas (O N U), para la organización y funcionamiento de un sistema registral e identificación ciudadana, dentro de esas recomendaciones que se vincula para hacer efectivo que el Registro Civil en Honduras se constituya en la llave atraves de la inscripción oportuna de los hechos y actos del estado civil en particular con la inscripción del nacimiento de niños y niñas se destacan las siguientes recomendaciones: 1.- La universalización de las inscripciones de nacimiento al sugerir que las inscripciones de nacimiento se podrán realizar en cualquier Registro Civil Municipal de la República, lo cual no impone la obligatoriedad de realizar el asiento de nacimiento en el municipio donde ocurrió el hecho sino en el que sea más accesible o determinen sus padres o responsables de la acción de inscripción. 2.- Sugiere la Organización de las Naciones Unidas (O N U) la asignación de un número de identificación personal a toda la población de un país y que dicha asignación tenga como base la inscripción de nacimiento. Se destaca que nuestro país cumple este estándar sugerido y desde 1984 adopta este proceso desde que se inscribe el nacimiento lo que presiona al estado a realizar actividades de carácter social pudiendo establecer atraves de la información registral y de las estadísticas vitales que tienen como fuente de información al sistema registral. El numero de identificación personal permite que los beneficiarios de los programas de asistencia social puedan ser registrados o censados para impulsarprocesos administrativos transparentes donde no derive en dualidad de otorgar beneficio por más de una ocasión a las mismas personas naturales, simplificar procesos administrativos, judiciales donde fácilmente el estado puede identificar a los beneficiarios de los programas sociales y que estos puedan acceder a los beneficios sin requerimientos engorrosos. En la Ley del Registro Nacional de las Personas (R N P) se establece que las instituciones del estado deberán adoptar el número de identificación personal número de tarjeta de identidad como numero único para el registro e identificación universal administrativa que ligue por ejemplo el registro estudiantil del sistema educativo nacional en todos los niveles y así todos los registros administrativos tales como: afiliación a los sistemas de previsión social, registros para la asistencia en el área de salud pública privada, asignación de ayuda social materno infantil, subsidios a la tercera edad, etc. Es interesante destacar que al acceder los niños(as) al nivel de educación primaria en nuestro país es un requisito para acceder a ella la presentación de la certificación de nacimiento, pero debemos reconocer que se permite acceder a la matricula quedando pendiente la presentación de dicho documento que puede estar generado por diversas causas y de manera fundamental por no haber sido inscrito oportunamente el nacimiento del niño o de la niña, esta flexibilidad está ligada al empoderamiento de las autoridades educativas del reconocimiento de los Derechos del Niño o Niña y en forma particular del Derecho a un Nombre y una Nacionalidad y el Derecho a la Educación Publica y como logro de los convenios suscritos entre el Registro Nacional de las Personas y la Secretaria de Educación Publica. El no existir el registro de nacimiento del menor lo invisibiliza ante la sociedad y no es receptor de los beneficios sociales del estado y aun como lo descrito anteriormente al acceder al nivel de educación secundario se hará mas limitada la posibilidad el acceso a la misma por constituir un requisito administrativo para los efectos de la matricula o proceso de graduación. La especialista Mia Harbitz en Registros Civiles del Banco Interamericano de Desarrollo (B I D) señala: “El Derecho Fundamental y Básico” para acceder a cualquier otro derecho otorgado por el estado es el Derecho a un nombre derecho que se materializa en el Registro Civil mediante el registro del nacimiento y de la información biográfica destaca también que si bien el documento de identidad en si no garantiza el acceso a los servicios, al ejercicio de derechos cívicos y a prestaciones sociales, sin el dicho acceso se vuelve prácticamente imposible; y la persona afectada queda de ese modo al margen de la sociedad, como un ciudadano excluido a esto se le denomina “El escándalo de la Invisibilidad un mundo en el que todavía hay personas que nacen, viven y mueren sin dejar huellas en ningún registro ni en ninguna estadística oficial”. En el proceso de vacunación o inmunización de los menores en Honduras el sistema de salud pública al realizar el proceso e vacunación en los servicios que brindan en los hospitales y centros de salud ó de las campañas periódicas que desarrollan, no impone como requisito que la madrea acredite la inscripción del menor, porque constituiría una violación a sus derechos humanos, pero si se reconoce que atraves de este proceso los trabajadores del área de la salud y en especial enfermeras, promotores ó extensionistas de la salud orientan a las madres a realizar la inscripción oportuna de sus hijos en el Registro Civil Municipal señalamos, que la falta de inscripción de nacimiento no es un obstáculo para acceder a los servicios de inmunización de los niños y niñas puede constituirse en un hecho negativo que si el niño no tiene identidad legal, atraves de su certificación de nacimiento puede generar un nivel de inmunización inferior al esperado, porque sus padres pueden considerar que no accederán al servicio, negación de asistencia en casos aislados en algunos centros de salud pública además el hecho de no tener certeza de forma escrita de la fecha de nacimiento del niño puede causar retrasos en la vacunación siendo esto muy importante en virtud que la vacunación en la edad adecuada es vital para aumentar la efectividad de la inmunización y reducir el riesgo de contagio de ciertas enfermedades, es de indicar que las campañas de vacunación buscan solventar este problema atraves de registros paralelos y en concreto con la emisión de una tarjeta de vacunación para el menor esta se confecciona a nombre del infante para llevar un control de vacunas recibidas y sus fechas, el hecho de tener una tarjeta de vacunación aun si no tiene certificación o partida de nacimiento puede afectar también el grado de inmunización, pero destacamos de manera positiva en la experiencia registral hondureña que la emisión de este carnet de vacunas se constituye en documento importante para el proceso administrativo de la inscripción tardía de nacimiento denominado Reposición por Omisión, que desde hace mas de 10 años se ha des judicializado y no tiene mayor impacto de carácter económico en virtud que el Registro Civil en Honduras garantiza la gratuidad de este servicio de gestión administrativa registral que no impone a los padres de familia de la contratación de un abogado y que constituye una buena práctica y un excelente referente para ser adoptado por muchos Registros Civiles de América Latina. Es importante destacar que al realizarse en forma oportuna la inscripción de los hechos y actos del estado civil y de manera puntual la de nacimiento esto contribuye a fortalecer las estadísticas vitales que derivan en que el gobierno puede planificar sobre datos ciertos en diferentes ámbitos por ejemplo: En salud pública numero de dosis de vacunas requeridos durante un determinado año para la población infantil especialmente durante las campañas periódicas de vacunas, planes de construcción de viviendas para los jóvenes que han contraído matrimonio o conviven en unión libre, acciones preventivas de salud atraves de las causas de deceso o defunción de la población en general y derivado de la información estadística es innumerable la información relativa a las estadísticas vitales que pueden contribuir a impulsar programas sociales en beneficio de la población en Honduras. Sobre todo lo descrito anteriormente es importante determinar la situación para la que no se efectue la inscripción oportuna de los niños y niñas, lo relativo a la no inscripción oportuna puede relacionarse a diversos factores dentro de esto se indica el nivel educativo de la madre, el lugar donde ocurrió el parto y la situación económica y social de la familia del menor no inscrito, las dificultades de cobertura integral de las oficinas locales del Registro Civil para realizar en forma oportuna las inscripciones de los hechos y actos del estado civil, un elemento negativo en relación a la cobertura es las grandes distancias de las localidades donde reside la población. Hoy en día junto a las estrategias nacionales para reducir el subregistro se plante la utilización tecnológica para poder estudiar y ubicar a las localidades y la población con más dificultades de acceso a los servicios del Registro Civil, Tecnología GPS (Sistema de Posicionamiento Global) permite un análisis virtual de la redistribución del conglomerado de hogares en relación a las oficinas locales del Registro Civil y la probabilidad del subregistro en nuestro país, debemos destacar que en el plano municipal existe una cobertura en todos los 298 municipios y 13 oficinas auxiliares. Esto constituye un avance para reducir el subregistro de inscripciones de mejora nacimiento y la de la cobertura del registro civil. Consideramos que aun se deben realizar esfuerzos de carácter institucional para mejorar la cobertura y promover la cultura registral en la población hondureña para concientizar e incentivar la inscripción oportuna de los hechos y actos del estado civil. En nuestro país persiste un subregistro de omisión de inscripciones de nacimiento del 4%, continuos problemas de cobertura, problemas de falta de cultura registral. Se debe señalar que periódicamente se decretan por parte del poder legislativo amnistías registrales para realizar inscripciones tardías con procesos administrativos simplificados que codyuve a la inscripción en el registro civil de la población mayor de un (1) año de edad, e igual circunstancias a las inscripciones de las defunciones. Un novedoso proceso para fortalecer la cultura registral lo constituye el desarrollo de talleres de promoción de cultura registral a nivel de los centros educativos en el nivel medio, entre los miembros de las fuerzas vivas de la comunidad, para conformar la Red de Inscripción Oportuna de los hechos y actos del estado civil denominada Red “RIO” la dinámica del proceso de estos talleres se organiza en el nivel municipal convocando a los actores estratégicos de la comunidad como son: Alcalde Municipal, Secretario Municipal, Alcaldes Auxiliares, Maestros, Médicos de los Centros de Salud. Enfermeras, Delegado de la Policía Nacional, Promotores de Salud, Patronatos, Junta de Agua, Iglesias. Y todos aquellos miembros de la comunidad que tengan interés en la promoción de la cultura registral actividad liderada por el Registrador Civil Municipal. El Registro Civil Hondureño atraves del Departamento de Formación Integral y Estudios Registrales planifica y desarrolla los talleres de promoción de la cultura registral y una vez consolidado este proceso el Registrador Civil Municipal convoca a estos actores a la conformación y posterior juramentación de los miembros de la Red de Inscripción Oportuna “Red RIO” todo este proceso está basado en la política pública de inscripción oportuna de nacimiento, este proceso de la conformación de lo que sería una mesa de reducción del subregistro de nacimiento constituye una buena práctica registral que ha sido implementada por otros registros civiles en la región centroamericana. Es de destacar que en el Registro Civil Hondureño el hecho que la oficina del Registro Civil Municipal no esté informatizada no es un factor significativo que incida en el subregistro de inscripciones ya que fundamentalmente se requiere garantizar a la población se consoliden políticas que aseguren el acceso físicos a los servicios que brinda el Registro Civil en Honduras. Si es importante que los registradores civiles en la región además de asegurar la cobertura sugerida por la Organización de las Naciones Unidas (ONU) cuenten con las aseguraciones presupuestarias que aseguren la dotación de insumos, libros y equipo de informática para el normal desempeño de las labores bajo cualquier circunstancia de las modalidades que actualmente tiene la oficina registral local manual o mecanizado. El Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en estudios realizados sobre esta problemática recomienda las siguientes acciones: 1.- Acortar la distancia entre los hogares y las oficinas locales del registro civil, una mejor distribución de las que han sido creadas y apoyo sustancial atraves de jornadas de registro civil atraves de brigadas móviles para desplazarse a las zonas más lejanas en el área municipal. 2.- Intensificar las campañas de orientación sobre el proceso registral e identificación ciudadana atraves de los medios de comunicación radiales, televisivos o pagina web y redes sociales en internet. 3.- Distribuir material informativo en los centros hospitalarios y de salud pública y privada para orientar a las futuras madres y familia en general sobre la inscripción oportuna de nacimiento, así como los requisitos establecidos y la dirección física de las oficinas y ventanillas habilitadas del registro civil. 4.- Desarrollar jornadas de capacitación con las parteras adiestradas por la Secretaria de Salud Pública y tradicionales para que coadyuven a los esfuerzos de orientación sobre el registro de nacimiento enfocado a las madres. 5.- Apertura de ventanillas de registro civil en los centros hospitalarios y morgues. 6.- Realizar labores de inscripción de nacimiento en coordinación con las autoridades de salud pública durante las campañas nacionales de vacunación. 7.- Realizar todas las acciones administrativas registrales que coadyuven a que las madres puedan acceder a su documento de identificación personal desde que se encuentra en control médico prenatal. APERTURA DE OFICINAS DEL REGISTRO CIVIL EN LOS HOSPITALES PUBLICOS DE HONDURAS Posiblemente nuestro país tuvo hace casi dos décadas la primera experiencia América Latina de la instalación de oficinas registrales en hospitales materno infantil tal es el caso de las oficinas instaladas en el Hospital Materno Infantil en Tegucigalpa municipio del Distrito Central y en el Hospital Leonardo Martínez de la ciudad de San Pedro Sula en el año de 1988 durante ese periodo se realizaron las inscripciones de los nacimientos ocurridos en esos centros hospitalarios pero se establecieron en aquella época algunos procedimientos erróneos tales como: 1.- Imponer con obligatoriedad como requisito para autorizar el alta de la madre del centro hospitalario la inscripción del nacimiento en la oficina del registro civil en el centro hospitalario. 2.- No se considero la situación que muchas madres que daban a luz a sus hijos en los centros hospitalarios tenían su domicilio en otros municipios en el interior del país. 3.- No se realizo un proceso de socialización de la importancia de la inscripción oportuna de los nacimientos lo que derivo en que las madres una vez de recibir el alta hospitalaria y que retornaban a los lugares donde tenían su domicilio concurrían nuevamente a la oficina local del registro civil a realizar nuevamente la inscripción generando duplicidad de inscripción una vez en la oficina del registro civil del hospital y en la oficina registral de su domicilio. Debemos tomar en cuenta como una referencia positiva es que la ley de registro civil vigente en aquella época al igual que la actual establece lo que denominaremos “La universalización de la inscripción” en lo referente a que los padres tienen la discreción de inscribir el nacimiento en el registro civil municipal que consideren oportuno, no desconocemos con ello que culturalmente se ha impuesto mayormente realizar la misma en el registro civil donde ocurrió el hecho o de su domicilio. Es de destacar que en esa época no se había consolidado el proceso de informatización de los registros civiles municipales los registros civiles eran remotos en lo relativo a que no había electricidad y el flujo de los tomos duplicados de inscripciones de hechos y actos del estado civil eran remitidos en medio físico al Departamento de Archivo Central en la capital de la república. Las autoridades del Registro Civil en Honduras no hicieron una política institucional de replantear esta buena práctica del funcionamiento de las oficinas de registro civil en hospitales, ante las medidas estratégicas erróneas para lograr una buena cobertura de inscripciones de nacimiento se tomo la decisión más fácil y negativa, cerrar en forma definitiva las oficinas hospitalarias del registro civil. Esta fugaz experiencia registral hondureña por recomendación de Regionales Internacionales ha generado como una buena práctica en el Registro Civil Latinoamericano la apertura de oficinas de registro civil en los hospitales del sistema de salud pública, en muchos países de América Latina cuya cobertura total o parcial es eficaz en virtud de los avances tecnológicos en materia de informática al servicio de las instituciones del registro civil y que permiten que una inscripción se pueda emitir en cualquier oficina del registro civil incluyendo obviamente la del domicilio de los padres que realizaron la inscripción en el centro hospitalario. El Registro Nacional de las Personas a partir del 2014 con el apoyo financiero de la Organización de Estados Americanos “OEA” , el Fondo de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Agencia Internacional de Desarrollo (AID), la Organización Panamericana de la Salud (OPS), el Fondo de las Naciones Unidad para la Infancia (UNICEF) se inicio en forma integral nuevamente y los correctivos institucionales tomando como referencia las malas prácticas observadas en el proceso referido anteriormente sobre las políticas que se realizaron en este proceso con la ayuda de estos organismos y la contraparte técnica y financiera del Registro Nacional de las Personas en Honduras se inicia el proceso de apertura de las oficinas de registro civil en los hospitales públicos hasta la fecha desde el año 2014 se han habilitado las siguientes oficinas o ventanillas del registro civil 1.- Hospital Santa Teresa en Comayagua, Comayagua 2.- Hospital Jesús Aguilar Paz en La Esperanza, Intibuca 3.- Hospital Juan Manuel Gálvez en Gracias, Lempira 4.- Hospital Regional en Santa Rosa de Copan 5.- Hospital Mario Catarino Rivas en San Pedro Sula, Cortes 6.- Hospital Leonardo Martínez en San Pedro Sula, Cortes 7.- Hospital de Área en El Progreso, Yoro 8.- Hospital Materno Infantil en el Distrito Central, Francisco Morazán 9.- 10.- 11.- Hospital San Felipe Se planifica la apertura de oficinas auxiliares del registro civil en otros hospitales del sistema de salud pública y en los hospitales del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) al igual que la apertura de ventanillas del registro civil en las oficinas de las morgues del Instituto de Ciencias Forenses dependiente del Ministerio Publico de Honduras de las principales ciudades del país, están oficinas constituyen una cobertura adicional del sistema registral en tres ámbitos: 1.- Cobertura en el ámbito municipal de las inscripciones de los hechos y actos del estado civil ocurridos en el término municipal y que la población usuaria concurre a inscribir a las oficinas del registro civil municipal y a las oficinas auxiliares. 2.- Las oficinas del registro civil aperturada en los hospitales públicos. 3.- Oficinas o ventanillas ubicadas en las oficinas de las morgues. Esta nueva cobertura en esas instalaciones de medicina forense en Honduras contribuirá ostensiblemente a mejorar el proceso de inscripción oportuna de las defunciones y reducir el subregistro de defunciones que actualmente es de 35%. El registro civil como llave que facilita el proceso de inclusión social de la población en Honduras y en América Latina pasa por consolidar en la instancia institucional un registro civil técnico, autónomo inserto sus objetivos y planes del proceso institucional en la política de desarrollo ó plan de país y que ese vinculo de acceder en forma oportuna a las oficinas del registro civil a realizar las inscripciones oportunas de los hechos y actos del estado civil contribuirá en efecto inmediato de vigencia de derechos en todas las instancias de cobertura social que brinda el estado. Un gran obstáculo que aun prevalece para insertar a la institución del registro civil en algunas regiones de América Latina lo constituye, que se vincula ó que se identifica a esta institución más por su apoyo derivado de su naturaleza institucional en las tareas de identificación ciudadana solo a la función electoral que en muchos casos invisibilizaa esta función en su actividad integral en todos los ámbitos que vinculan por su naturaleza institucional con la inclusión social de la población derivada del registro oportuno de los hechos y actos del estado civil. Elaborado por: Jorge Fernando Martínez Gabourel Subjefe del Departamento de Formación Integral y Estudios Registrales

No hay comentarios:

EL COVID 19 Y EL REGISTRO CIVIL AUDIO