En la ley del RNP
establece deberá tener pureza en la ortografía esta relación a esta disposición
legal se hace en virtud que los Registradores Civiles Municipales y
Escribientes tienen la delicada responsabilidad de realizar los asientos o
inscripciones de los hechos y actos del Registro Civil debiendo consignar en
letra clara y legible los datos proporcionados por el declarante o documentos
que originan la inscripción y que constituyen su respaldo legal.
Tome en cuenta
compañero Registrador Civil o Escribiente las siguientes observaciones al
realizar una inscripción:
1) Preferentemente realice
las inscripciones en letra de molde y que sea legible.
2) Anote la información
tal como la proporciona el declarante o compareciente o de acuerdo al documento
que sirve de base para la inscripción.
3) Para lo anterior
escuche atentamente la información proporcionada en caso de alguna duda
interrogue sobre el o los datos que no escuchó correctamente previo a anotarlos
para no incurrir en errores. En el caso particular de los nombres del inscrito
en nacimiento no lo anotará como usted considere que se escribe correctamente
deberá tomar la información tal como lo proporciona el declarante, en ningún caso
presumimos, debe prevalecer siempre la declaración del compareciente o el
documento que se presente.
4) Es fundamental que
además de no incurrir en errores ortográficos, la letra sea legible, pues de lo
contrario esto tendrá repercusiones en lo
relativo a la
interpretación correcta de los datos especialmente en los rasgos de las letras
que puede cambiar el nombre correcto de una persona al momento de realizar su inscripción
y posterior certificación de inscripción de Registro Civil.
Este tipo de
situaciones anormales al no anotar correctamente los datos o no escribir en
forma legible afecta a la ciudadanía la cual se ha visto obligada a realizar
rectificaciones de sus inscripciones por la vía de los Oficiales Civiles
Departamentales y en otros casos administrativa, por este tipo de deficiencias
en la formación profesional de los que en el pasado se han desempeñado como
Secretario Municipal, Registrador Civil Municipal y Escribientes.
Los ciudadanos que
actualmente se desempeñan en estos cargos y los que hoy aspiran a desempeñarse
en los mismos deberán observar tal como lo establece la Ley del RNP, Pureza en la
Ortografía, letra clara y legible de
lo contrario no están aptos para desempeñar estos importantes cargos en su
municipio.
Elaborado por: Abog. Jorge Martínez Gabourel
Colaboración: Iris Elizabeth Vigil
Oficial de Capacitación
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