EL REGISTRO CIVIL DESPUES DEL PERIODO ELECTORAL
En America latina los registros civiles toman durante el proceso electoral un interes extraordinario de los sectores politicos en virtud que existe una creencia erronea torcida equivocada que atraves de esa noble institución de asegura la victoria electoral, situación que cada dia pierde vigencia en virtud que ya no tenemos una población electoral pasiva mediatizada , facil de programar para que ejerza el sufragio , muchas maniobras son realizadas externa e internanmente en actividades del proceso registral y de identificación ciudadana en la mayoria de los casos logrando el deterioro de la credibilidad institucional de los registros civiles y esa vision que los usuarios y la población en general tienen de la institución del registro civil como un organismo electoral y no de carácter registral , historicamente en muchos registros civiles en america latina el periodo post electoral es critico financieramente los sectores politicos pierden interes por la funcion registral a ctividad fundamental de los registros civiles y como la actividad de identificación ciudadana solo tiene interes en ella por que es vinculante al proceso elelctoral se paralizan en algunos registros civiles de la region la emision de la tarjeta de identidad a pesar que se require para una diversidad de actos legales, administrativos y comerciales pero eso no es de interes caben hacer reflexiones cuantos pierden una oportunidad de trabajo , de viaje, becas de estudio etc.
Las autoridades nacionales de los Registros Civiles y diversos sectores de la población deben exigir el fortalecimiento del registro civil en Latinoamérica, nos cansaremos de repetir en america latina ya existen modelos referentes de confiabilidad de procesos , de atención integral a los usuarios, y procesos consolidados que sean el norte de el nuevo rumbo institucional de los Registros Civiles en America Latina
Elaborado por Abogado Jorge Fernando Martinez Gabourel
Tecnico Registral Honduras
DOCUMENTOS AUDIOS Y VIDEOS RELATIVOS AL PROCESO DEL REGISTRO CIVIL LATINOAMERICANO Y EL MUNDO
jueves, 31 de diciembre de 2009
lunes, 7 de diciembre de 2009
EL PADRE TAMAYO
El PADRE TAMAYO
Por: Efraín Moncada Silvaas de la mayoría del pueblo, pese a las excusas que han salido a luz pública, parece ser que realmente ha sido injustamente expulsado del país y supuestamente cancelada su nacionalidad hondureña con el pretexto de estar opuesto, como muchos compatriotas lo estamos, al golpe de Estado que se dio en el país, así como por haber estado acompañando y apoyando espiritualmente al presidente Zelaya en la sede de la embajada de Brasil.
El padre Tamayo defendió con el ejemplo los recursos del bosque y del agua de la nación, inclusive con riesgo de su vida y de su seguridad personal, consciente de que esos recursos son elementos esenciales para la sobrevivencia de las comunidades del país.
Atrajo la atención de la opinión nacional e internacional con las caminatas que impulsó y encabezó desde Olancho, acompañado de miles de humildes compatriotas, tratando de despertar la conciencia colectiva de los hondureños con el propósito de defender, preservar y desarrollar los bosques que son fuente del agua, los que en una nueva Constitución deben ser declarados patrimonio nacional.
Su posición de ecologista convencido le concitó, como era de esperarse, la animadversión de los depredadores de nuestros bosques, es decir, de aquellos que han amasado cuantiosas fortunas a costa de la consiguiente secuela de carencias y penurias para la población.
La dictadura militar que detenta el aparato estatal, como parte de la cadena de arbitrariedades que viene cometiendo, ha afectado también al sacerdote inofensivo que se había constituido en símbolo de la lucha por la conservación de los recursos naturales del país y que por eso había atraído el rencor de aquellos que veían en él una amenaza para sus intereses como depredadores impunes de los bosques del país.
Ahora bien, como hombre de leyes todavía no encuentro el fundamento legal de la supuesta cancelación, si es que existe, de la carta de naturalización del padre Tamayo, mucho menos de su expulsión. Examinemos el asunto a la luz de nuestras leyes y de los tratados internacionales ratificados por el Estado.
Si bien es cierto, el Art. 63 de la Ley de Migración y Extranjería establece la potestad del Estado de conceder, de negar o cancelar la nacionalidad hondureña por naturalización, no es menos cierto, que una vez concedida ésta, se convierte en un derecho de la persona beneficiada con la nacionalidad y entonces la cancelación únicamente es posible cuando se da cualquiera de los casos indicados en el Art. 65 de dicha ley, los que suponen la formación de un expediente administrativo en el cual el naturalizado debe tener el derecho de defensa que dispone el Art. 82, así como las garantías del debido proceso establecidas en el Art. 94, ambos de la Constitución, porque de lo contrario la autoridad estaría actuando arbitrariamente, es decir al margen de la ley.
En resumen, no se puede privar a nadie de su nacionalidad por naturalización sin haber sido oído y vencido en juicio, y sin que le haya sido impuesta por resolución ejecutoriada de juez o autoridad competente. Hasta donde tengo conocimiento, esto no ha ocurrido en el caso del padre Tamayo, por lo tanto todas las actuaciones que en contra de él hayan hecho las autoridades del actual gobierno de facto son absolutamente nulas y sin ningún valor, las que implican una violación flagrante a los derechos humanos, cuyas consecuencias, tarde o temprano podrán ser deducidas en los organismos internacionales competentes.
Por vía de ilustración citaremos algunas convenciones internacionales que tutelan la nacionalidad por nacimiento o la adquirida por naturalización:
1) La Declaración Universal de los Derechos Humanos postula en el Art. 15 que toda persona tiene derecho a una nacionalidad; y que a nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad.
2) La Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José establece en el Art. 20 que toda persona tiene derecho a una nacionalidad y que a nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad.
Además, recuérdese que el Art. 18 de la Constitución dispone que en caso de conflicto entre el tratado o convención y la ley, prevalecerá el primero.
Finalmente, quiero enfatizar que conforme a la Ley de Migración y Extranjería y los tratados internacionales únicamente los extranjeros pueden ser sujetos de expulsión, nunca los hondureños, ya sean naturales o naturalizados.
Por: Efraín Moncada Silvaas de la mayoría del pueblo, pese a las excusas que han salido a luz pública, parece ser que realmente ha sido injustamente expulsado del país y supuestamente cancelada su nacionalidad hondureña con el pretexto de estar opuesto, como muchos compatriotas lo estamos, al golpe de Estado que se dio en el país, así como por haber estado acompañando y apoyando espiritualmente al presidente Zelaya en la sede de la embajada de Brasil.
El padre Tamayo defendió con el ejemplo los recursos del bosque y del agua de la nación, inclusive con riesgo de su vida y de su seguridad personal, consciente de que esos recursos son elementos esenciales para la sobrevivencia de las comunidades del país.
Atrajo la atención de la opinión nacional e internacional con las caminatas que impulsó y encabezó desde Olancho, acompañado de miles de humildes compatriotas, tratando de despertar la conciencia colectiva de los hondureños con el propósito de defender, preservar y desarrollar los bosques que son fuente del agua, los que en una nueva Constitución deben ser declarados patrimonio nacional.
Su posición de ecologista convencido le concitó, como era de esperarse, la animadversión de los depredadores de nuestros bosques, es decir, de aquellos que han amasado cuantiosas fortunas a costa de la consiguiente secuela de carencias y penurias para la población.
La dictadura militar que detenta el aparato estatal, como parte de la cadena de arbitrariedades que viene cometiendo, ha afectado también al sacerdote inofensivo que se había constituido en símbolo de la lucha por la conservación de los recursos naturales del país y que por eso había atraído el rencor de aquellos que veían en él una amenaza para sus intereses como depredadores impunes de los bosques del país.
Ahora bien, como hombre de leyes todavía no encuentro el fundamento legal de la supuesta cancelación, si es que existe, de la carta de naturalización del padre Tamayo, mucho menos de su expulsión. Examinemos el asunto a la luz de nuestras leyes y de los tratados internacionales ratificados por el Estado.
Si bien es cierto, el Art. 63 de la Ley de Migración y Extranjería establece la potestad del Estado de conceder, de negar o cancelar la nacionalidad hondureña por naturalización, no es menos cierto, que una vez concedida ésta, se convierte en un derecho de la persona beneficiada con la nacionalidad y entonces la cancelación únicamente es posible cuando se da cualquiera de los casos indicados en el Art. 65 de dicha ley, los que suponen la formación de un expediente administrativo en el cual el naturalizado debe tener el derecho de defensa que dispone el Art. 82, así como las garantías del debido proceso establecidas en el Art. 94, ambos de la Constitución, porque de lo contrario la autoridad estaría actuando arbitrariamente, es decir al margen de la ley.
En resumen, no se puede privar a nadie de su nacionalidad por naturalización sin haber sido oído y vencido en juicio, y sin que le haya sido impuesta por resolución ejecutoriada de juez o autoridad competente. Hasta donde tengo conocimiento, esto no ha ocurrido en el caso del padre Tamayo, por lo tanto todas las actuaciones que en contra de él hayan hecho las autoridades del actual gobierno de facto son absolutamente nulas y sin ningún valor, las que implican una violación flagrante a los derechos humanos, cuyas consecuencias, tarde o temprano podrán ser deducidas en los organismos internacionales competentes.
Por vía de ilustración citaremos algunas convenciones internacionales que tutelan la nacionalidad por nacimiento o la adquirida por naturalización:
1) La Declaración Universal de los Derechos Humanos postula en el Art. 15 que toda persona tiene derecho a una nacionalidad; y que a nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad.
2) La Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José establece en el Art. 20 que toda persona tiene derecho a una nacionalidad y que a nadie se le privará arbitrariamente de su nacionalidad.
Además, recuérdese que el Art. 18 de la Constitución dispone que en caso de conflicto entre el tratado o convención y la ley, prevalecerá el primero.
Finalmente, quiero enfatizar que conforme a la Ley de Migración y Extranjería y los tratados internacionales únicamente los extranjeros pueden ser sujetos de expulsión, nunca los hondureños, ya sean naturales o naturalizados.
lunes, 16 de noviembre de 2009
Los DNI, una medida acertada Registro Civil Argentina
Los DNI, una medida acertada Registro Civil Argentina
La decisión del Gobierno nacional de impulsar la construcción de una imprenta de alta tecnología para la confección de los nuevos documentos nacionales de identidad, es saludable y acertada. Porque su costo total es abismalmente inferior al que se había presupuestado años atrás; porque los nuevos DNI constan de fuertes medidas de seguridad y sólo restará establecer aceitados mecanismos para la entrega.
lunes, 16 de noviembre de 2009
La presentación del nuevo Documento Nacional de Identidad que tendrán a partir del año próximo los argentinos, termina con una triste historia que ocupó a la ciudadanía durante los últimos tiempos y permite observar con mayor tranquilidad el futuro, en razón de que el costo del nuevo documento permitirá la adquisición a la totalidad de los argentinos.
Paralelamente, si la tarea de otorgamiento se realiza con una suficiente -y eficiente- campaña previa, también permitirá cortar con la enorme cantidad de indocumentados que existen en el país.
Para muchos historiadores, la creación del Registro Civil fue uno de los tantos logros que dejó aquella “Generación del ’80”. Hasta ese momento, la inscripción de las personas sólo constaba en las actas parroquiales, donde figuraba la información sobre nacimientos, matrimonios y muertes.
Según se afirma, el surgimiento de los primeros registros civiles obedeció, en parte, a la necesidad de evitar la diversificación por parroquias, que dificultaba los trámites. En ese marco, durante la presidencia de Julio A. Roca se sancionó la ley que creaba los registros civiles en jurisdicción federal y territorios nacionales y en la gestión de Juárez Celman la de matrimonios civiles. Finalmente, en 1889 fue sancionada la ley que establecía los registros civiles en todo el territorio nacional.
Esas leyes fundamentales fueron reforzadas luego con la realización de los diferentes censos, para conocer también el crecimiento poblacional del país.
A lo largo de los años, los documentos de identidad fueron modificándose. De aquellas libretas cívicas para las mujeres y enrolamiento para los hombres, se pasó al Documento Nacional de Identidad que, al igual que los anteriores, permitía su utilización para emitir el sufragio.
Sin embargo, ese tipo de libretas y la necesidad de contar con ella durante todo el tiempo, llevó a algunos a pensar en la necesidad de establecer un nuevo tipo de documento, con la misma cantidad de datos que los anteriores, pero que resultara mucho más difícil de falsificar. El llamado a licitación para la confección de los nuevos documentos estuvo enmarcado en gravísimos hechos de corrupción.
Sucede que la empresa alemana que había resultado adjudicada, habría abonado más de 100 millones de dólares en “coimas” a algunos funcionarios, mientras se estimaba que el monto total que percibiría la empresa por los documentos superaría los 1.200 millones de dólares. Las denuncias, que no sólo se presentaron en la Argentina sino que hubo casos similares en otros países, llevó a que se rescindiera aquel contrato.
En el marco señalado, resulta saludable la decisión del Gobierno nacional de proceder a la construcción de una imprenta, que consta de tecnología de punta, para la confección de los nuevos DNI. En primer lugar, porque el costo de la misma llegó a los 18 millones de dólares, una diferencia abismal con aquellos 1.200 millones que se habían presupuestado años atrás y, en segundo término, porque esa tecnología instalada permitirá a los nuevos documentos constar con 30 medidas de seguridad consideradas “inviolables”.
Se terminará así con la posibilidad de falsificación de documentos, como se había planteado en numerosas oportunidades anteriores, mientras la decisión de establecer un costo de 15 pesos para la obtención del mismo le permite quedar al alcance de todos los habitantes.
Más aún, se dispuso que el DNI será totalmente gratuito para los recién nacidos.
Por otra parte, como el documento tendrá doble formato -en libreta, para utilizar en elecciones, y en tarjeta plástica, del tamaño de la cédula de identidad, pero con los mismos datos que contiene el DNI, para el uso cotidiano- se evitarán las rápidas destrucciones que se habían presentado anteriormente.
El tema restante y que aún debe implementarse, es el de la demora en la confección y entrega del nuevo DNI. Porque, según estudios realizados por una de las comisiones del Senado provincial, en Mendoza existe un “indocumentado” por cada cuatro habitantes y la gran mayoría de ellos está motivada por la pérdida de su documento y la demora en recibir el nuevo.
Si se aceitan convenientemente los mecanismos y el otorgamiento se realiza dentro de los plazos anunciados por las autoridades, sólo cabe esperar el éxito definitivo de la medida. Ojalá así sea.
La decisión del Gobierno nacional de impulsar la construcción de una imprenta de alta tecnología para la confección de los nuevos documentos nacionales de identidad, es saludable y acertada. Porque su costo total es abismalmente inferior al que se había presupuestado años atrás; porque los nuevos DNI constan de fuertes medidas de seguridad y sólo restará establecer aceitados mecanismos para la entrega.
lunes, 16 de noviembre de 2009
La presentación del nuevo Documento Nacional de Identidad que tendrán a partir del año próximo los argentinos, termina con una triste historia que ocupó a la ciudadanía durante los últimos tiempos y permite observar con mayor tranquilidad el futuro, en razón de que el costo del nuevo documento permitirá la adquisición a la totalidad de los argentinos.
Paralelamente, si la tarea de otorgamiento se realiza con una suficiente -y eficiente- campaña previa, también permitirá cortar con la enorme cantidad de indocumentados que existen en el país.
Para muchos historiadores, la creación del Registro Civil fue uno de los tantos logros que dejó aquella “Generación del ’80”. Hasta ese momento, la inscripción de las personas sólo constaba en las actas parroquiales, donde figuraba la información sobre nacimientos, matrimonios y muertes.
Según se afirma, el surgimiento de los primeros registros civiles obedeció, en parte, a la necesidad de evitar la diversificación por parroquias, que dificultaba los trámites. En ese marco, durante la presidencia de Julio A. Roca se sancionó la ley que creaba los registros civiles en jurisdicción federal y territorios nacionales y en la gestión de Juárez Celman la de matrimonios civiles. Finalmente, en 1889 fue sancionada la ley que establecía los registros civiles en todo el territorio nacional.
Esas leyes fundamentales fueron reforzadas luego con la realización de los diferentes censos, para conocer también el crecimiento poblacional del país.
A lo largo de los años, los documentos de identidad fueron modificándose. De aquellas libretas cívicas para las mujeres y enrolamiento para los hombres, se pasó al Documento Nacional de Identidad que, al igual que los anteriores, permitía su utilización para emitir el sufragio.
Sin embargo, ese tipo de libretas y la necesidad de contar con ella durante todo el tiempo, llevó a algunos a pensar en la necesidad de establecer un nuevo tipo de documento, con la misma cantidad de datos que los anteriores, pero que resultara mucho más difícil de falsificar. El llamado a licitación para la confección de los nuevos documentos estuvo enmarcado en gravísimos hechos de corrupción.
Sucede que la empresa alemana que había resultado adjudicada, habría abonado más de 100 millones de dólares en “coimas” a algunos funcionarios, mientras se estimaba que el monto total que percibiría la empresa por los documentos superaría los 1.200 millones de dólares. Las denuncias, que no sólo se presentaron en la Argentina sino que hubo casos similares en otros países, llevó a que se rescindiera aquel contrato.
En el marco señalado, resulta saludable la decisión del Gobierno nacional de proceder a la construcción de una imprenta, que consta de tecnología de punta, para la confección de los nuevos DNI. En primer lugar, porque el costo de la misma llegó a los 18 millones de dólares, una diferencia abismal con aquellos 1.200 millones que se habían presupuestado años atrás y, en segundo término, porque esa tecnología instalada permitirá a los nuevos documentos constar con 30 medidas de seguridad consideradas “inviolables”.
Se terminará así con la posibilidad de falsificación de documentos, como se había planteado en numerosas oportunidades anteriores, mientras la decisión de establecer un costo de 15 pesos para la obtención del mismo le permite quedar al alcance de todos los habitantes.
Más aún, se dispuso que el DNI será totalmente gratuito para los recién nacidos.
Por otra parte, como el documento tendrá doble formato -en libreta, para utilizar en elecciones, y en tarjeta plástica, del tamaño de la cédula de identidad, pero con los mismos datos que contiene el DNI, para el uso cotidiano- se evitarán las rápidas destrucciones que se habían presentado anteriormente.
El tema restante y que aún debe implementarse, es el de la demora en la confección y entrega del nuevo DNI. Porque, según estudios realizados por una de las comisiones del Senado provincial, en Mendoza existe un “indocumentado” por cada cuatro habitantes y la gran mayoría de ellos está motivada por la pérdida de su documento y la demora en recibir el nuevo.
Si se aceitan convenientemente los mecanismos y el otorgamiento se realiza dentro de los plazos anunciados por las autoridades, sólo cabe esperar el éxito definitivo de la medida. Ojalá así sea.
jueves, 12 de noviembre de 2009
EL REGISTRO CIVIL GARANTE DEL PROCESO ELECTORAL
EL REGISTRO CIVIL GARANTE DEL PROCESO ELECTORAL
La información que proporciona el sistema registral para la elaboración del Censo Nacional electoral es fundamental para la elaboración del censo electoral ya que el organismo electoral no elabora su propio empadronamiento electoral si no que se deriva de la emision de las tarjetas de identidad y estos documentos de identificación personal se respaldan o derivan de las inscripciones de nacimiento de cada uno de los mayores de 18 años,queremos reflexionar como enunciamos en el titulo de este documento El registro civil en america latina facilita la información fundamental para el proceso electoral, si no existen procesos integrales que coadyuven a mantener actualizada la información de los hechos y actos del estado civil y particularmente los nacimientos, defunciones, naturalizaciones para lo vinculante al proceso electoral y de identificación, hay varios factores que debemos considerar difícilmente puede existir un censo electoral que este depurado completamente por diversos factores , por ejemplo escapa a la esfera institucional controlar que los pobladores acudan al registro civil a inscribir a sus familiares fallecidos en honduras existe una omision o subregistro de defunciones del cincuenta por ciento lo que hace difícil que exista un censo electoral donde se refleje la inscripción en el censo solo las personas que no han fallecido, otra labor que se realiza unicamente al momento de acercarse el proceso electoral interno y general el poder judicial remite la información de los ciudadanos sentenciados , interdicción civil y el ejercito facilita la información del personal que se encuentra de alta ,lel registro civil en honduras recibe las solicitudes de actualizacion domiciliaria con el proposito de que los ciudadanos facilitan la informacio de su domicilio actual para ejercer el sufragio en el centro de votacion mas cercano a su domicilio esta información se remite al tribunal supremo electoral y verifica si se procesa si se cumplen los requisitos establecidos en la ley electoral estas actualizacioes domiciliarias deben blindarse con una reglamentación estricta que evite los abusos de los partidos politicos que maniobran el traslados de ciento de ciudadanos que en la realidad no han cambiado su domicilio electoral. E l registro civil es garante de la integridad de la información de las inscripciones de nacimientos y de la emison de las tarjetas de identidad, corresponden al organismo electoral procesar la información domiciliaria electoral, la exclusión electoral por los factores señalados anteriormente EL REGISTRO CIVIL ES GARANTE DEL SISTEMA REGISTRAL Y DE LA INFORMACION BASICA PARA SER PROPORCIONADA AL ORGANISMO ELECTORAL CUANDO SE FORTALEZCA INSTITUCIONALMENTE MEDIANTE LA TECNIFICACION Y DESPOLITIZACION SI ESTAS CONDICIONES NO SON EXISTENTES LA INFORMACION REGISTRAL Y POR ENDE LA ELECTORAL PRESENTA ALGUNAS DEBILIDADES
JORGE FERNANDO MARTINEZ GABOUREL
TECNICO REGISTRAL HONDUREÑO
ahrbom@yahoo.com
La información que proporciona el sistema registral para la elaboración del Censo Nacional electoral es fundamental para la elaboración del censo electoral ya que el organismo electoral no elabora su propio empadronamiento electoral si no que se deriva de la emision de las tarjetas de identidad y estos documentos de identificación personal se respaldan o derivan de las inscripciones de nacimiento de cada uno de los mayores de 18 años,queremos reflexionar como enunciamos en el titulo de este documento El registro civil en america latina facilita la información fundamental para el proceso electoral, si no existen procesos integrales que coadyuven a mantener actualizada la información de los hechos y actos del estado civil y particularmente los nacimientos, defunciones, naturalizaciones para lo vinculante al proceso electoral y de identificación, hay varios factores que debemos considerar difícilmente puede existir un censo electoral que este depurado completamente por diversos factores , por ejemplo escapa a la esfera institucional controlar que los pobladores acudan al registro civil a inscribir a sus familiares fallecidos en honduras existe una omision o subregistro de defunciones del cincuenta por ciento lo que hace difícil que exista un censo electoral donde se refleje la inscripción en el censo solo las personas que no han fallecido, otra labor que se realiza unicamente al momento de acercarse el proceso electoral interno y general el poder judicial remite la información de los ciudadanos sentenciados , interdicción civil y el ejercito facilita la información del personal que se encuentra de alta ,lel registro civil en honduras recibe las solicitudes de actualizacion domiciliaria con el proposito de que los ciudadanos facilitan la informacio de su domicilio actual para ejercer el sufragio en el centro de votacion mas cercano a su domicilio esta información se remite al tribunal supremo electoral y verifica si se procesa si se cumplen los requisitos establecidos en la ley electoral estas actualizacioes domiciliarias deben blindarse con una reglamentación estricta que evite los abusos de los partidos politicos que maniobran el traslados de ciento de ciudadanos que en la realidad no han cambiado su domicilio electoral. E l registro civil es garante de la integridad de la información de las inscripciones de nacimientos y de la emison de las tarjetas de identidad, corresponden al organismo electoral procesar la información domiciliaria electoral, la exclusión electoral por los factores señalados anteriormente EL REGISTRO CIVIL ES GARANTE DEL SISTEMA REGISTRAL Y DE LA INFORMACION BASICA PARA SER PROPORCIONADA AL ORGANISMO ELECTORAL CUANDO SE FORTALEZCA INSTITUCIONALMENTE MEDIANTE LA TECNIFICACION Y DESPOLITIZACION SI ESTAS CONDICIONES NO SON EXISTENTES LA INFORMACION REGISTRAL Y POR ENDE LA ELECTORAL PRESENTA ALGUNAS DEBILIDADES
JORGE FERNANDO MARTINEZ GABOUREL
TECNICO REGISTRAL HONDUREÑO
ahrbom@yahoo.com
jueves, 5 de noviembre de 2009
¿PUEDE EL REGISTRO CIVIL SUBSISTIR EN UNA DICTADURA?
PUEDE EL REGISTRO CIVIL SUBSISTIR EN UNA DICTADURA
La institución del Registro Civil en america latina o cualquier pais del mundo subsistira bajo cualquier regimen democratico o dictatorial estos conceptos hoy en dia no son de referencia exclusiva a determinada posición ideologica contrario a la justificación de los organismos electorales que durante un regimen dictatorial es disuelto el sistema registral
No pierde vigencia institucionalmente dentro de los organismos del estado pues el registro civil es permanente los hechos y actos del estado civil s ocurren y se celebran todos los dias por ende deben ser inscritos para surtir la legalidad correspondiente hace algunos anos el Registro Civil en Honduras organizo una jornada de capacitacion auspiciada por el IIDHH-CAPEL sobre como mejorar los procesos registrales en Honduras
En esa oportunidad tuvimos dentro de los participantes un consultor de ese organismo que habia fungido como director del Registro Civil en la Argentina Y SE LE CONSULTO SI DURANTE LA DICTADURA MILITAR ARGENTINA QUE HABIA OCURRIDO CON EL SISTEMA
REGISTRAL Y RESPONDIO EN NUESTRO PAIS LA ESTRUCTURA TECNICA Y ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO CIVIL ARGENTINO SE MANTUVO INTACTO PUES CONTINUAMOS REALIZANDO LAS LABORES FUNDAMENTALES DEL PROCESO REGISTRAL, Y EL ESTAR BAJO UN REGIMEN REPRESIVO ANTIDEMOCRATICO NO DEBILITO LA INSTITUCION DEL REGISTRO CIVIL CONTRARIO A LO OCURRIDO CON LOS ORGANISMOS ELECTORALES NO TRATAMOS DE JUSTIFICAR UN REGIMEN DICTATORIAL Y REPRESIVO QUE ES INADMISIBLE SOLO HAGO LA REFLEXION QUE EL SISITEMA DEL REGISTRO CIVIL EN AMERICA LATINA Y EL MUNDO ES PERMANENTE Y SU PROCESO DE FUNCIONAMIENTO ESENCIAL ESTA LIGADO A LA INSCRIPCION OPORTUNA DE LOS HECHOS Y ACTOS DEL ESTADO CIVIL Y SU FUNCIONAMIENTO INTEGRAL NO RESPONDE UNICAMENTE AL PROCESO ELECTORAL COMO DESAFORTUNADAMENTE SE HA DESNATURALIZADO EN ALGUNOS PAISES
JORGE FERNANDO MARTINEZ GABOUREL
TECNICO REGISTRAL HONDURENO
La institución del Registro Civil en america latina o cualquier pais del mundo subsistira bajo cualquier regimen democratico o dictatorial estos conceptos hoy en dia no son de referencia exclusiva a determinada posición ideologica contrario a la justificación de los organismos electorales que durante un regimen dictatorial es disuelto el sistema registral
No pierde vigencia institucionalmente dentro de los organismos del estado pues el registro civil es permanente los hechos y actos del estado civil s ocurren y se celebran todos los dias por ende deben ser inscritos para surtir la legalidad correspondiente hace algunos anos el Registro Civil en Honduras organizo una jornada de capacitacion auspiciada por el IIDHH-CAPEL sobre como mejorar los procesos registrales en Honduras
En esa oportunidad tuvimos dentro de los participantes un consultor de ese organismo que habia fungido como director del Registro Civil en la Argentina Y SE LE CONSULTO SI DURANTE LA DICTADURA MILITAR ARGENTINA QUE HABIA OCURRIDO CON EL SISTEMA
REGISTRAL Y RESPONDIO EN NUESTRO PAIS LA ESTRUCTURA TECNICA Y ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO CIVIL ARGENTINO SE MANTUVO INTACTO PUES CONTINUAMOS REALIZANDO LAS LABORES FUNDAMENTALES DEL PROCESO REGISTRAL, Y EL ESTAR BAJO UN REGIMEN REPRESIVO ANTIDEMOCRATICO NO DEBILITO LA INSTITUCION DEL REGISTRO CIVIL CONTRARIO A LO OCURRIDO CON LOS ORGANISMOS ELECTORALES NO TRATAMOS DE JUSTIFICAR UN REGIMEN DICTATORIAL Y REPRESIVO QUE ES INADMISIBLE SOLO HAGO LA REFLEXION QUE EL SISITEMA DEL REGISTRO CIVIL EN AMERICA LATINA Y EL MUNDO ES PERMANENTE Y SU PROCESO DE FUNCIONAMIENTO ESENCIAL ESTA LIGADO A LA INSCRIPCION OPORTUNA DE LOS HECHOS Y ACTOS DEL ESTADO CIVIL Y SU FUNCIONAMIENTO INTEGRAL NO RESPONDE UNICAMENTE AL PROCESO ELECTORAL COMO DESAFORTUNADAMENTE SE HA DESNATURALIZADO EN ALGUNOS PAISES
JORGE FERNANDO MARTINEZ GABOUREL
TECNICO REGISTRAL HONDURENO
sábado, 31 de octubre de 2009
EL REGISTRO CIVIL QUE TODOS QUEREMOS
EL REGISTRO CIVIL QUE TODOS QUEREMOS EN AMERICA LATINA PASA POR LA VOLUNTAD POLITICA DE LOS PODERES DEL ESTADO QUE NO VINCULEN AL REGISTRO CIVIL COMO UN ORGANISMO ELELCTORAL CUANDO LA FUNCION PRIMORDIAL ES LA INSCRIPCION DE LOS HECHOS Y ACTOS DEL ESTADO CIVIL Y CONSOLIDADO ESTE PROCESO COMO LABOR PERMANENTE DADA LA NATURALEZA DE ESTA HERMOSA INSTITUCION DE ELLO DERIVA LA CONFIABILIDAD DE LOS PROCESOS DE IDENTIFICACION Y ELECTORAL JORGE FERNANDO MARTINEZ GABOUREL TECNICO REGISTRAL HONDUREÑA
miércoles, 23 de septiembre de 2009
PRIMER ANIVERSARIO DE LA OFICIALIA CIVIL ZONA CONTINENTAL ISLAS MARIA . MEXICO
QUINTANA ROO - Gobierno. 22/09/2009
Celebran primer aniversario del Registro Civil en las zona continental de IM
Registraron a 120 niños que carecían de acta de nacimiento
Por Antonia Rusca Alvarado
ISLA MUJERES.- Al celebrarse el primer año de operaciones, la Oficialía 02 del Registro Civil, en la zona continental, realizó 356 registros jurídicos de igual número de personas, informó María de los Ángeles Carrillo Avalos.
La titular de la instancia, agregó que del total de acciones se realizaron 120 registros extemporáneos, a igual número de menores que no contaban con acta de nacimiento, lo que les impedía acudir a la escuela.
Durante la ceremonia del primer aniversario de la oficina, la oficial del registro civil, indicó que la medida también permitió al municipio recuperar la “fuga” de isleños, pues ante la imposibilidad económica de desplazarse a la ínsula, -donde operaba la única oficina de registro civil-, al menos el 80 por ciento de los nativos del municipio se registraban en Cancún.
La funcionaria municipal dijo que en estos 12 meses registraron 116 nacimientos de menores recién nacidos a seis meses; 120 extemporáneos, de siete meses a siete años; están en trámite para expedir acta de nacimiento a siete adultos y se consumaron 79 bodas nacionales, 40 extranjeras y una mixta.
Indicó que el personal de la oficialía se compromete con la eficiencia y la rapidez, pues a diferencia de otras instancias, en donde un trámite se demora hasta tres meses, en Isla Mujeres un acta de nacimiento extemporáneo se expide en ocho días, como máximo.
Indicó que colocaron letreros en puntos estratégicos de la zona continental y Francisco May, para que la gente sepa que en esa parte del municipio ya se instaló un registro civil para que acudan a utilizar sus servicios.
Celebran primer aniversario del Registro Civil en las zona continental de IM
Registraron a 120 niños que carecían de acta de nacimiento
Por Antonia Rusca Alvarado
ISLA MUJERES.- Al celebrarse el primer año de operaciones, la Oficialía 02 del Registro Civil, en la zona continental, realizó 356 registros jurídicos de igual número de personas, informó María de los Ángeles Carrillo Avalos.
La titular de la instancia, agregó que del total de acciones se realizaron 120 registros extemporáneos, a igual número de menores que no contaban con acta de nacimiento, lo que les impedía acudir a la escuela.
Durante la ceremonia del primer aniversario de la oficina, la oficial del registro civil, indicó que la medida también permitió al municipio recuperar la “fuga” de isleños, pues ante la imposibilidad económica de desplazarse a la ínsula, -donde operaba la única oficina de registro civil-, al menos el 80 por ciento de los nativos del municipio se registraban en Cancún.
La funcionaria municipal dijo que en estos 12 meses registraron 116 nacimientos de menores recién nacidos a seis meses; 120 extemporáneos, de siete meses a siete años; están en trámite para expedir acta de nacimiento a siete adultos y se consumaron 79 bodas nacionales, 40 extranjeras y una mixta.
Indicó que el personal de la oficialía se compromete con la eficiencia y la rapidez, pues a diferencia de otras instancias, en donde un trámite se demora hasta tres meses, en Isla Mujeres un acta de nacimiento extemporáneo se expide en ocho días, como máximo.
Indicó que colocaron letreros en puntos estratégicos de la zona continental y Francisco May, para que la gente sepa que en esa parte del municipio ya se instaló un registro civil para que acudan a utilizar sus servicios.
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