miércoles, 2 de julio de 2008

GUIA DE ESTUDIO DERECHO CIVIL

Guía de estudio de Derecho Civil I

1.- Cuál es el concepto de la unión de hecho?
r.- es el hecho por el cual un hombre y una mujer solteros hacen vida marital en forma mas o menos duradera y estable y con todas las apariencia de un matrimonio, para alcanzar los fines atribuidos a este.
2.-Cómo se llama la unión de hecho?
r.- concubinato o unión cuncubinaria.
3.-Cuáles son los efectos que produce la unión de hecho?
• Hijos nacidos después de 180 días de la unión de refutan hijos del varón
• Si no hubiere escritura de separación de bienes, los adquiridos durante la unión se reputan bienes de ambos
• Derecho de una de las partes a solicitar la declaratoria de ausencia de otra y una vez declarada pedir la cesación de la unión de hecho.
• En caso de fallecimiento de alguno de ellos, el sobreviviente puede pedir la liquidación del haber común.
• Sujeción del hombre y la mujer a los derechos y obligaciones de los cónyuges durante el matrimonio.
• El hombre y la mujer se heredan recíprocamente ab- istestato en los mismos casos que para los cónyuges.
5.- Cuáles son los efectos de la unión de hecho no singular?
• Cuando la unión de hecho establecida no fuere singular porque uno de los dos estaba unido en matrimonio anterior. La unión surtirá pleno efecto legal a favor de la persona que hubiere actuado de buena fe y de los hijos habidos en la unión sin perjuicio de los derechos legales de la esposa e hijos del matrimonio.
6.-. Qué efectos produce la separación?
r.- una vez debidamente registrada. Deja en libertad de estado del hombre y a la mujer sin perjudicar la obligación de ambos con los hijos.
7.- Cuál es el concepto de la paternidad?
r.- es la calidad de padre que una persona tiene con respecto a la otra, que es su hijo.
8.-.- Qué es la filiación jurídicamente?
r.-es el vinculo jurídico existente entre los progenitores y su hijo; pero ese vinculo puede constituirse no solo por la procreación sino también por la adopción .
9.- Dónde se realiza la inscripción de la filiación?
r.- en el libro de nacimientos del respectivo registro civil.
10.-.-Qué es el reconocimiento de la paternidad?
r.- el acto por el cual el padre o la madre de un hijo o ambos conjunta o separadamente y de manera voluntaria o forzosa, manifiestan en forma prescrita por la ley que una persona es hijo o hija suya.
11.- Qué es el reconocimiento voluntario?
r.- es el acto por el cual el padre o la madre, o ambos a la vez admiten como propios los hijos nacidos fuera del matrimonio.
12.-.-Qué es el reconocimiento judicial?
r.-es el acto ,por el cual los progenitores admiten o son obligados a admitir, ante un juez competente, que una persona determinada es hijo o hija suya gracias a la acción promovida con ese fin por el propio descendiente o por su representante legal.
13.-Contra quién debe ejercerse la acción de reconocimiento?
r.- debe dirigirse contra el presunto padre o madre, y si estos ya hubieren fallecido se ejercitara contra sus herederos.
14.- Quienes pueden ejercer la acción de reconocimiento forzoso?
• El hijo que no ha sido reconocido voluntariamente con las formalidades legales
• Si el hijo es mayor de edad lo puede hacer personalmente
• Los menores de edad representados por sus tutores
• Los descendientes del hijo que se trata
• El padre o la madre que lo hayan reconocido.
15.-Cómo es derecho de reconocimiento forzoso?
r.-este derecho es imprescriptible
16.- En qué consiste el reconocimiento por confesión judicial?
r.- el hijo o en su caso la persona que lo represente solicita al juez que el supuesto padre o madre sean citados para declarar bajo juramento si creen serlo debiendo expresar en la citación el objeto de ella.- la confesión es personal.
17.-En qué consiste el reconocimiento forzoso?
r.-el hijo por si o por representante legal puede demandar en juicio ordinario al supuesto padre para obtener el reconocimiento donde se presume la paternidad.
18.-Qué otras pruebas admite el código de familia?
• De los grupos sanguíneos
• Marcadores genéticos
• Cualquier otro método de exclusión o confirmación de la paternidad que pueda desarrollarse en el futuro.
19.-Quién puede hacer la impugnación de la paternidad?
r.- solamente el padre dentro del primer año del nacimiento el supuesto hijo o desde que tuvo conocimiento del hecho.
20.- Cómo probarse la impugnación de la maternidad?
r.- comprobándose falso parto o suplantación del pretendido hijo al verdadero;
• Que nunca ocurrió ese parto del cual nació tal hijo
• Que el parto ocurrió pero el hijo nacido fue sustituido por otro.
21.- Cómo se puede manifestar la paternidad incierta?
r.- en los hijos nacidos después de los trescientos días de haberse disuelto el matrimonio o la unión de hecho. Ante la ley no tiene padre cierto hasta que haya sido reconocido por su padre por cualquiera de los medios legales.
22.- Cómo se puede manifestar la paternidad dudosa?
R.- cuando la mujer contrae matrimonio antes de los trescientos días de haberse disuelto el matrimonio anterior a la unión de hecho y da a luz dentro de dicho termino entonces no sabrá quien es su padre.
23.- Qué es el hijo póstumo?
r.- es el que nace después de muerto el padre, pero que haya nacido antes de expirar los 300 días siguientes a dicha muerte.
24.- Cuándo cesan los derechos de los padres respecto a sus hijos?
• Cuando por mala conducta del padre o madre hayan sido sacados sus hijos del poder y confiados a otra persona.
• Cuando el hijo haya sido llevado por sus padres a una casa de expósitos o abandonado de otra manera.
25.- Qué son la relaciones patrimoniales de la patria potestad?
r.-son los derechos de los bienes o sea el derecho de representación, usufructo y administración de bienes.
26.- Quién ejercerá este derecho?
r.- lo harán el padre y la madre conjuntamente y uno solo de ellos cuando ejerza la patria potestad autorizada por el juez correspondiente.
27.- Quiénes están sujetos a la patria potestad?
r.- todos los hijos menores de edad.
28.- Cómo puede ser la incapacidad?
• Absoluta ( si son impúberes, dementes o sordomudos)
• Relativa ( si son púberes mayores de 12 años las mujeres y mayores de 14 los varones.
29.- Cuáles son los derechos de las relaciones patrimoniales de la patria potestad?
• De representación ( en juicio o fuera de el)
• De usufructo sobre los bienes del hijo
• De administrar los bienes del hijo.
30.- Cuáles son los derechos de representación?
r.- En juicio o fuera de el ;
1. Actos judiciales:
• si se trata del peculio profesional o industrial, no necesita representación.
• En todos los demás casos debe comparecer en juicio representado por sus padres que este ejerciendo la patria potestad
2. Actos extrajudiciales :
• No puede ejecutar acto jurídico alguno sin autorización de sus padres.
31.- Qué son los derechos de usufructo sobre los bienes del hijo?
R.- es el derecho de los padres sobre el usufructo de todos los bienes del hijo.
32.- Cuándo los padres quedan privados de la facultad de administrar los bienes de los hijos?
• Cuando sean culpables de dolo o de grave negligencia habitual
• Cuando se le suspenda por vía judicial la patria potestad
32.- Cuáles son los modos para terminar la patria potestad?
• Por extinción
• Y la perdida de la misma
33.- Qué es la emancipación?
r.- hecho que pone fin a la patria potestad. La salida del hijo de la patria potestad.
34.- Qué es la emancipación voluntaria?
r.- es la que se produce mediante la voluntad de los padres y del hijo manifestada en escritura publica.
35.- Cuáles son los requisitos para que se produzcan la emancipación voluntaria?
• Voluntad de ambos padres
• Consentimiento del hija a emancipar
• Que el hijo sea mayor de 18 años
• Que el acto coste en escritura publica
• Que la escritura se inscriba en el registro civil.
36.- Cómo se produce la emancipación legal?
• Por la muerte de ambos padres o el que ejerce la patria potestad
• Matrimonio del hijo
• Cumplir los 21 años
37.- Quiénes son las personas que pueden promover la acción sobre la perdida o suspensión de la patria potestad?
• Los ascendentes del menor
• Sus parientes colaterales dentro del cuarto grado de consanguinidad
• El ministerio publico
38.- Qué es la adopción?
R. acto jurídico destinado a crear entre adoptante y adoptado los derechos y obligaciones que establece la ley.
39 . Cuál es la finalidad de la adopción?
r.- es proteger al menor de edad que carece de padres o cuyos progenitores no cuentan con los medios necesarios para criarlos y educarlos en forma adecuada.
40.- Cuáles son las prohibiciones del registrador civil?
r. solamente podrá revelar o certificar la relación de adopción. Por orden judicial.
41.- Quiénes no pueden adoptar?
• Ninguno de los cónyuges sin el consentimiento del otro
• Los tutores a las personas que están sujetas a su tutela
• Las personas que hayan ejercido tutelas. Mientras no hayan dado cuentas de sus administración
• Quienes hayan sido privado o suspendidos del ejercicio de la patria potestad.
42.- Quiénes no pueden ser adoptados?
r.- los concebidos y no nacidos.
43.Quiénes pueden declarar la nulidad de la adopción?
r. el juez competente.

TERCER EXAMEN
1.- QUE SE ENTIENDE POR ALIMENTOS?
R.- es todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido y asistencia medica de una persona. así como su educación e instrucción si es menor de edad.
2.- SEGÚN LA CAUSA POR LO QUE SE DAN LOS ALIMENTOS COMO SE CLASIFICAN?
R.- en legales: son los que se deben por mandato de ley
Voluntarios; se dan por acuerdos de las partes.
3.- COMO CLASIFICA LOS ALIMENTOS EL CÓDIGO CIVIL?,
• Congruos:
• Necesarios: lo que basta para sustentar la vida
• Provisionales: se dan mientras se dicta la sentencia definitiva.
• Definitivos: son lo que se dicta cuando la sentencia queda firme.
4.- CUALES SON LAS CONDICIONES PARA LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS?
• Que el demandante se halle en estado de necesidad.
• Que el demandado este en una situación económica que le permita dar alimentos.
• Que el demandante sea una de las personas a quienes la ley otorga el derecho de exigir alimentos.
5.- PERSONAS A QUIENES SE DEBE ALIMENTOS?
• Al cónyuge y descendientes consanguíneos
• Al hijo invalido aun cuando fuere mayor de edad
• Al padre y madre consanguíneos
• A los abuelos y demás ascendientes consanguíneos
• A los hermanos consanguíneos inválidos o menores
• A quien hizo una donación cuantiosa si no hubiese sido rescindida.
• A la persona con quien el testador vivió como si fuera su cónyuge durante los cinco años que precedieron de su muerte o quien haya tenido hijos.
• El adoptante al adoptado y este aquel.
6.- REGLAS QUE RIGEN LA OBLIGACIÓN ALIMENTICIA?
1. La concurrencia de varios alimentarios con diverso titulo
2. concurrencia de varios alimentarios con el mismo titulo
3. concurrencia de una sola persona de varios títulos para pedir alimentos
4. concurrencia de varias personas en la obligación de dar alimentos
5. capacidad legal para demandar alimentos
6. forma en que deben pagarse los alimentos
7. prescripción de la acción del alimentario.
8. tiempo durante el cual se deben los alimentos.
7.- CUALES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO DE DAR ALIMENTOS?
• Es reciproco
• Es personalísimo
• Es instrasferible, innegociable e irrenunciable.
• Es incompensable
• Es inembargable.
8.-CUALES SON LOS CARACTERES DEL JUICIO DE ALIMENTOS?
• La demanda de alimentos se tramita por el juicio ordinario, pero las sentencias pronunciadas contra el demandado solo son apelables en el efecto devolutivo.
• Contra la sentencia definitiva de segunda instancia solo procede el recurso de casación por quebran tamiento de forma.
• Las sentencias firmes que recaen en juicios no producen el efecto de cosa juzgada, o sea que no impiden que se vuelva a iniciar otro juicio sobre el mismo asunto, si han cambiado las cosa entre el alimentante y alimentario.
9.- EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE DAR ALIMENTOS?
• Cuando el deudor se pone en estado de poder darlos sin desatender sus necesidades alimenticias.
• Cuando quien los recibe deja de necesitarlos
• En caso de injuria falta o daño grave del alimentario contra el alimentante.
• Cuando el cónyuge que lo recibe hubiere incurrido en abandono voluntario y malicioso del hogar.
• Cuando el alimentario observare mala conducta, fuere un vago declarado o hiciere vida disoluta.
• Cuando los alimentarios menores de edad alcanzaran su mayoría de edad.
10.-CAUSAS DE LA TERMINACIÓN DEL MATRIMONIO?
• Por fallecimiento de uno de los cónyuges
• Por la presunción de la muerte de uno de los cónyuges declarada de conformidad a la ley.
• Por la declaratoria de nulidad del matrimonio
• Por sentencia firme que declare el divorcio.
11.- CONCEPTO DE NULIDAD DE MATRIMONIO?
R.- Es la destrucción legal del vinculo imperfectamente establecido.
12.- QUE ES EL MATRIMONIO INEXISTENTE?
R.- Es aquel el cual falta una condición de existencia, sin la cual no puede concebirse jurídica ni materialmente.
13.- QUE ES EL MATRIMONIO NULO?
R.- Que ha tenido existencia jurídica pero la falta una de las condiciones validez.
14.- POR QUIEN NECESITA SER DECLARADA LA NULIDAD?
R.- Por los Tribunales y mientras no se declare, el matrimonio produce todos los efectos que esta destinado a producir.
15.- CUALES SON LOS CARACTERES DE NULIDAD DEL MATRIMONIO?
• Están taxativamente determinados por la ley
• La acción para pedirla no prescribe, salvo algunas excepciones.
• No admite la clasificación de absoluta y relativa como la nulidad de los demás actos.
16.- CAUSAS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO?
• Los impedimentos dirimentes, sean absolutos o relativos.
• Los vicios del consentimiento de los contrayentes.
17.- CUANDO ES ANULABLE EL MATRIMONIO?
• Cuando se contrajere por quienes carecen de la circunstancia necesaria de aptitud señalada en el párrafo del C.V. ART.16
• Cuando se contrajere mediante error en la persona, coacción, intimidación que vicie el consentimiento.
• Por impotencia absoluta que impida la relación marital.
18.- QUE PERSONAS PUEDEN PEDIR LA NULIDAD Y PLAZO QUE PUEDEN HACERLO?
• El cónyuge afectado ( dentro del plazo de seis meses, si es la falta de edad o impotencia dentro de 30 días de haber cesado la causa )
• El fiscal del juzgado de letras de familia del domicilio de los cónyuges.
• Cualquier persona que tuviere interés en ella
19.- EFECTOS DE LA NULIDAD DEL MATRIMONIO?
R.- La nulidad una vez declarada por sentencia firme, da derecho a que las partes sean restituidas al estado que tenían al momento del acto o contrato.
20.- QUE ES EL MATRIMONIO PUTATIVO?
R.- Es el que ha sido declarado nulo pero produce los mismos efectos del valido hasta el momento en que la correspondiente sentencia queda firme.
21.- QUE SIGNIFICA PUTARE?
R.-Palabra latina, que significa reputar, suponer, creer.
22.- QUE ES EL ERROR DE HECHO Y DE DERECHO EN EL MATRIMONIO PUTATIVO?
R.- si el cónyuge no sabia que con quien se caso es su tío es un error de hecho y por lo mismo es de buena fe.
R.- Pero si lo sabia e ignoraba que ese parentesco es un impedimento para su matrimonio. Es error de derecho y por lo tanto es cónyuge es de mala fe.
23.- EFECTOS DEL MATRIMONIO PUTATIVO?
• Si ambos cónyuges son de buena fe.( produce todos los efectos civiles mientras subsista.)
• Si solo uno de los cónyuges es de buena fe.( únicamente respecto a el y los hijos produce efectos el matrimonio)
• Si ambos cónyuges son de mala fe.( el matrimonio solo produce efectos respecto a los hijos)
24.- EFECTOS RESPETO A LOS HIJOS?
R.- Al declarar la nulidad del matrimonio, el juez competente dispondrá quien cuidara y ejercerá la patria potestad de los hijos teniendo en cuenta el grado de culpabilidad de los cónyuges y velando por el bienestar y seguridad de aquellos.(cuando ambos cónyuges son de buena fe)
*Si solo uno de los cónyuges es de buena fe. El solo ejercería la patria potestad el otro la pierde.
*Si ambos son de mala fe. Los dos pierden la patria potestad, y habría que darles un tutor a los hijos.
25.- EFECTOS RESPETO A LOS BIENES?
R.- Si hubiere bienes comunes la comunidad quedara disuelta, pero el cónyuge de mala fe no tendrá la participación en ellos, sin perjuicio de la acción para reclamar daños y perjuicios por parte del cónyuge de buena fe.
26.- MEDIDAS PROVISIONALES DURANTE EL JUICIO DE NULIDAD?
• La separación provisional de los cónyuges.
• El deposito de la mujer, cuando ella misma o el marido le pidieren.
• El deposito de los hijos en poder de uno de los cónyuges, de ambos o de un tercero.
• Señalamiento de alimentos que deberá suministrar el cónyuge que tuviere posibilidad para ello, al que no tenga bienes suficientes para cubrir las necesidades.
• Dictar las medidas necesarias para que el marido contra quien se dedujere la demanda de nulidad del matrimonio, no perjudique a la mujer en la admón. De los bienes.
27.- CUAL ES EL CONCEPTO DE LA UNIÓN DE HECHO?
R.- Se define como una medida provisional que autoriza la ley en interés de los hijos de un matrimonio mal avenido, para regular las relaciones entre estos y sus padres mientras los cónyuges se reconcilian o se disuelve el matrimonio.
28.- CUANDO SE PUEDE PEDIR LA SEPARACIÓN DE HECHO?
R.- La separación no podrá pedirse si no después de un año, contado desde la fecha en que se celebro el matrimonio.
29.-CUAL ES EL CONCEPTO DE DEL DIVORCIO?
R.- En sentido propio: C.C. y C. De familia es la disolución del matrimonio por una sentencia judicial, ya sea mediante una demanda de uno de los cónyuges fundada en causa legal o a solicitud de ambos, de mutuo acuerdo y sin alegar causa alguna.
En sentido mas amplio: es la separación legal de los cónyuges, ya sea que haya disolución del vinculo matrimonial o no.
30.- DIFERENCIAS ENTRE NULIDAD DE MATRIMONIO Y DIVORCIO?
R.- NULIDAD:
• carece de requisito de validez
• sus causas son anteriores al matrimonio
• su causa es distinta a la del divorcio
DIVORCIO:
• supone matrimonio valido
• sus causas son posteriores a la celebración del matrimonio.
31.-CONCEPTO DE LA ACCIÓN DEL DIVORCIO?
R.- Es la facultad que tiene el cónyuge inocente de comparecer ante la autoridad judicial competente pidiendo la disolución del matrimonio por existir algunas de las causas previstas por la ley.
32.- CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA ACCIÓN DEL DIVORCIO?
• Es personalísimo: ( solo puede ejercerla el cónyuge )
• Es irrenunciable: ( en forma anticipada)
• Es prescriptible: ( no podrá entablarse después de una año desde que se tuvo conocimiento de la causa que lo motiva)
33.- SON CAUSAS DE DIVORCIO?
• La infidelidad manifiesta y publica de cualesquiera de los cónyuges
• Los malos tratos de obra, injurias graves y trato cruel de uno de los cónyuges contra el otro o contra los hijos.
• El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro o de los hijos
• El abandono manifiesto e injustificado de uno de los cónyuges por mas de dos años sin comunicación con el otro.
• Toda conducta de uno de los cónyuges tendente a corromper o pervertir al otro o los descendientes
• El uso habitual de drogas heroicas y estupefacientes por parte de uno de los cónyuges.
• La negativa injustificada de uno de los cónyuges a cumplir para con el otro o para con los hijos comunes
• La separación de hecho de uno de los cónyuges durante dos años consecutivos.
34.- MEDIDAS PROVISIONALES DURANTE EL JUICIO DE DIVORCIO?
R.- son las mismas que en la nulidad del matrimonio.
35.-CONCEPTO DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO?
R.- Es la disolución del vinculo matrimonial por sentencia judicial a solicitud de ambos cónyuges de común acuerdo.
36.- REQUISITOS DEL DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO?
• Que hayan transcurrido dos años desde que se celebro el matrimonio
• Que los cónyuges sean mayores de edad
• Que la solicitud se presente personalmente por los cónyuges.
• La solicitud debe ser por escrito
• La solicitud debe ser presentada al juez de familia del domicilio de los cónyuges.
• La solicitud debe ir acompañada de los siguientes documentos:
1. certificación del registro civil que conste la edad de los cónyuges y su calidad de casados
2. testimonio de la escritura publica en que hagan declaración de los bienes en comunes.
37.- CUALES SON LOS EFECTOS DEL DIVORCIO?
1. Efecto respecto a la persona de los cónyuges
• la disolución del vinculo matrimonial que deja en liberta a los cónyuges para contraer nuevo matrimonio.
• la mujer inocente gozara de una pensión alimenticia que pagara el marido culpable,
• se extingue el derecho que cada uno de los esposos tiene de suceder ab- intestato, como también se extinguen los derechos y obligaciones entre los cónyuges.
2.Efecto respecto a los hijos.
• el divorcio no modifica los derechos de los hijos del matrimonio
• la privación de la patria potestad y de sus derechos no exime al cónyuge culpable del cumplimiento de las obligaciones que la ley impone respecto a sus hijos.
3.Efectos respeto de los bienes.
• Cuando los cónyuges han pactado la comunidad de bienes, esta queda disuelta y tendrá lugar la partición.
• Otro efecto es que el régimen de comunidad de bienes adoptado por los cónyuges queda disuelto.
38.- EL OBJETO DE LAS MEDIDAS EN LOS JUICIOS DE DIVORCIO Y NULIDAD DE MATRIMONIO DE LA MUJER EMBARAZADA?
R.- Con el objeto de evitar cualquier duda sobre el hecho y las circunstancias del parto o sobre la identidad del recién nacido, estas reglas están destinadas a evitar que la mujer de mala fe, valiéndose de un falso embarazo o de un falso parto, trate de obtener ventajas patrimoniales o de otro orden en perjuicio de su marido.
39.- OBLIGACIÓN DE LA MUJER?
R.- L a mujer que se encuentre en las condiciones arribas mencionadas tiene la obligación de denunciar el hecho de su embarazo al marido, por escrito y por medio e la autoridad judicial del lugar donde ella reside.
40.-DERECHOS DEL MARIDO?
R.- A consecuencia de esta denuncia o aun si ella, el marido tiene el derecho de enviar a la mujer una compañera de buena razón que le sirva de guarda y además una matrona que inspeccione el parto.
41.- QUE ES LA TUTELA?
R.- Es un cargo impuesto a ciertas personas para protección de aquellas que siendo emancipadas, no pueden dirigirse a si mismas ni administrar sus bienes, ya sea a causa de su minoría de edad o de haber sido declarados en estado de interdicción.
42.-CARACTERÍSTICAS DE LA TUTELA?
• Es un cargo obligatorio
• Es un cargo personal e indelegable
• Es un cargo establecido a favor de los menores o incapaces
• Solo se sujeta a tutela al que no esta bajo patria potestad
• Las disposiciones legales que sujetan este cargo son de orden publico.
• Las funciones de sus titulares se extienden tanto al cuidado de las personas de los menores como al de sus bienes.
• No se puede dar tutor al que ya lo tiene.
43.- CUALES SON LAS CLASES DE TUTELA?
• Testamentaria ( la que se constituye por testamento)
• Legitima ( la que se confiere por ley)
• Judicial u oficiosa ( la que confiere el juez a falta de la testamentaria y la legitima)
44.- EN LA TUTELA TESTAMENTARIA PERSONAS QUE PUEDEN NOMBRAR TUTOR?
• El padre o la madre sobreviviente, para los hijos que estén bajo su patria potestad.
• El abuelo o la abuela, para los nietos que estan bajo su tutela legitima.
• Cualquier testador, para la persona que instituya heredero.
45.- EN LA TUTELA LEGITIMA DEL MENOR PERSONAS QUE CORRESPONDEN Y CUANDO TIENE LUGAR?
Tiene Lugar.
• Cuando falta o expira la testamentaria
• Cuando viviendo el padre o la madre, es emancipado el menor.
CORRESPONDE.
• Al abuelo paterno
• Al abuelo materno
• A la abuela paterna
• A la abuela materna
• A los hermanos del pupilo y a los tíos sin distinción de sexo.
CASO ESPECIAL DE LA TUTELA.
CONFORME AL ART.278 del C.F. los directores o superiores de los establecimientos de asistencia social, que acojan menores o incapacitados son tutores y representantes legales de los mismos desde el momento de su ingreso.
46.- LA TUTELA JUDICIAL CUANDO TIENE LUGAR?
R.- como ya se dijo, la tutela judicial o dativa tiene lugar cuando faltan la testamentaria y la legitima es decir, cuando nadie le han nombrado tutor al menor ni este tiene parientes llamados por la ley para el cargo.
47.- COMO PUEDEN SER LOS TUTORES JUDICIALES?
• Definitivo. (
• Interino ( * cuando se retarda por cualquier motivo el discernimiento de una tutela.
*Cuando durante el ejercicio de la tutela sobreviene un obstáculo que por algún tiempo impida al tutor seguir ejerciendo el cargo)
48.- FORMALIDADES PARA EL NOMBRAMIENTO DE UN TUTOR JUDICIAL?
R.- El juez debe oír al fiscal y a los parientes del pupilo. Si hay curador adjunto puede preferirlo para esos cargos.
Observación: cuando se trata de tutor interino, puede el juez nombrarlo de oficio y sin necesidad de oír al fiscal ni a los parientes del pupilo.
49.- CAUSAS DE INHABILIDAD PARA SER TUTOR O PROTUTOR?
• El menor de edad y el incapacitado, es decir el demente o loco, aunque no haya sido declarado en interdicción.
• Quien hubiere sido condenado por robo, hurto, estafa, falsedad y delitos contra la honestidad y otros delitos del orden común que merezca pena mayor de dos años.
• Quien hubiere sido removido de otro tutela, o no hubiere sido rendido cuentas de su administración, o habiéndolas rendidos no estuviere aprobada.
• El ebrio consuetudinario, el vago, y el notoria mala conducta.
• El fallido o concursado, mientras no halla tenido su rehabilitación,
• Quien tenga litigio propio o de sus ascendientes, descendientes o cónyuge, con el menor incapacitado.
• Quien haya perdido el ejercicio de la patria potestad.
• El acreedor o deudor del menor por una cantidad apreciable.
• Quien no tenga domicilio en la republica.
• El ciego y el que padezca de enfermedad grave incurable o contagiosa.
• El padrastro o madrastra.
• Quienes no sepan leer o escribir.


RECOPILADO UNIDAD DE CAPACITACION REGISTRO CIVIL HONDURAS
Jorge Fernando Martínez Gabourel
Oficial Capacitación Registro Civil Honduras
ahrbom@yahoo.com

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