viernes, 8 de mayo de 2009

EL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL

EL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL

Es uno de los organismos de la administración pública cuyo ámbito de acción debe ser necesariamente Nacional porque de otro modo no hay posibilidad de alcanzar la meta de la integridad de los registros.

Las Oficinas del Registro Civil Municipal desarrollan su labor en determinada jurisdicción Municipal en los 298 Municipios del País.

Y los Registradores Civiles Municipales deben ser capaces de resolver por sí solos, múltiples problemas relacionados con aspectos de orden legal y técnico. De ahí la importancia de su capacitación períodica.

En el caso de nuestro país el organo que regula el Registro Civil es, el Registro Nacional de las Personas quien orienta, coordina y controla la labor que desarrollan las Oficinas Registrales que son las ejecutoras de las funciones que corresponden al Registro Civil, el Registro Nacional de las Personas asegura uniformidad de procedimientos y de aplicación legal con lo cual se facilita la capacitación del personal y proporciona a la ciudadanía Hondureña un mejor servicio.


EL REGISTRADOR CIVIL MUNICIPAL:

Es la piedra angular de la organización del Registro Civil, a éste funcionario, corresponde mantener en gran medida las relaciones entre el servicio y la colectividad que concurre a las oficinas en demanda de inscripciones y certificados.

De él depende también, en cierta medida el grado de integridad que alcancen los registros de Nacimiento y Defunciones, si la antención no es suficiente, expedita e ilustrada se produce desaliento en la población y su colaboración decae.

Es necesario reconocer que también el Registrador Civil Municipal corresponde de lleno el cumplimiento de lo que se denomina " Función Registro Civil".

Esto no significa que la estructura administrativa y técnica central del R.N.P. no sean importantes, por el contrario, las labores de orientación general, coordinación de actividades internas y externas, son fundamentalmente necesarias para asegurar el desarrollo eficiente del Registro Nacional de las Personas.

La experiencia ha demostrado que cuando las oficinas Municipales del Registro Civil carecen de un organo central encargado de su administración, pero en otro aspecto en los casos que existe un organo central se tiende a desconocer el valor y la importancia del Registrador Civil Municipal y a descuidar sus condiciones de trabajo por lo cual el Registro Nacional de las Personas debe consolidar los procesos de capacitación y dotación de todos los materiales requeridos para el normal desenvolvimiento de sus labores.

De acuerdo a las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas, el Registrador Civil Municipal debe ser nombrado por autoridad administrativa (RNP.) por el Estado y que tenga estabilidad funcionaria y carrera administrativa.

Se ha recomendado también que la Ley determine condiciones educacionales mínimas y capacitación previa al ingreso lo que facilita simplificar las funciones que desarrollará en su Oficina Municipal en beneficio de la ciudadanía y población en general.

Se ha insistido que es necesario motivar a la población Hondureña en relación al Registro Civil y de efectuar campañas publicitarias para lograr este propósito.

Pero es necesario que previo a realizar esta acción se necesita mejorar la actual imagen del Registro Nacional de las Personas en lo relativo a satisfacer los requerimientos que a diario presenta la ciudadanía para lograr este objetivo, por ello los procesos de capacitación y orientación permanentes contribuirán que a mediano y largo plazo dentro del esquema administrativo y jurídico actual del Registro Nacional de las Personas logremos este propósito que consolidará a la Institución y beneficiará a la colectividad.

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