viernes, 8 de mayo de 2009

DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL REGISTRADOR CIVIL MUNICIPAL

DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL REGISTRADOR CIVIL MUNICIPAL

Los deberes y las responsabilidades del Registrador Civil Municipal estan especificados claramente en la Ley del Registro Nacional de las Personas, señalamos en forma general los siguientes:

a) Registrar información concreta sobre los sucesos vitales de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley e instructivos;

b) Velar por el cumplimiento de la Ley Registro Nacional de las Personas;

c) Velar por la precisión e integridad de cada Acta;

d) Adoptar las medidas que sean necesarias para informar al público de la necesidad, los procedimientos y los requisitos del Registro y el valor de las estadísticas vitales;

e) Es responsable de la custodia de los documentos del Registro Civil;

f) Elaborar los reportes estadísticos de cada registro y enviar ésta información periodicamente a la Dirección General de Estadísticas y Censos;

g) Emitir certificación de las actas del Estado Civil que se soliciten;

h) Residir en el Municipio donde desempeña las funciones;

i) Cumplir con el horario establecido por las Leyes, Reglamentos y Disposiciones Administrativas de las Institución; y,

j) Con el propósito de mejorar la cobertura del Registro de los hechos vitales, el Registrador Civil debe desempeñarse en forma activa más que pasiva.






SANCIONES POR LA OMISION DE REGISTROS O POR LAS PERDIDAS O DAÑOS CAUSADOS A LOS REGISTROS DEL ESTADO CIVIL

El Registrador Civil Municipal está sujeto a sanción prescrita en la Ley del Registro Nacional de las Personas, sí:

a) Ha sido declarado culpable de violar la Ley del Registro Nacional de las Personas;

b) Se niegue a registrar un suceso vital ó la información comunicada por el declarante; y,

c) Pierde, daña o altera cualquier acta registrada ó cualquier otro documento, ó permite que se produzcan esas pérdidas, daños o alreraciones.

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