PROHIBICIÓN DE MATRIMONIO DE TRANSEXUALES EN GRAN BRETAÑA OPUESTA A DERECHO UE.
Bruselas (AFP).- El Tribunal europeo de justicia consideró que la legislación británica, que prohíbe a un transexual casarse, es contraria al derecho europeo porque tiene como efecto directo privar de una pensión a las parejas afectadas, informaron fuentes del tribunal.
Esta instancia europea se pronunció debido a un recurso presentado ante la justicia a un recurso presentado ante la justicia británica por una enfermera, cuyo nombre responde a las iniciales K. B., que no pudo casarse con un transexual (una mujer transformada en hombre tras una intervención) y no tiene cómo hacer que su pareja se beneficie de una pensión a la que tienen derechos todas las parejas, por ejemplo en caso de viudedad.
El Tribunal europeo, consultado por la justicia británica, estimó que la privación de esta pensión para el compañero de K. B., es una violación del derecho comunitario, que prohíbe cualquier discriminación por razones sexuales en lo referente a las remuneraciones.
La legislación británica prohíbe el matrimonio a los transexuales y debe “ser considerada en principio, incompatible con el derecho comunitario”, según este tribunal europeo.
El derecho británico no acepta modificar el acta de nacimiento de las personas que cambian de sexo y por tanto les prohíbe cualquier posibilidad de matrimonio bajo su nueva identidad.
Fuente / Diario La Tribuna.
Miércoles 21 de Enero de 2004.
Recopilado por La Unidad de Capacitación del R.N.P.
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