Igualdad de género
Símbolo
genérico de la Igualdad de género
La igualdad de
género, también conocida como igualdad de
sexos, implica que los hombres y las mujeres deben
recibir los mismos beneficios, recibir las mismas sentencias y ser tratados con
el mismo respeto. Este concepto es clave en laDeclaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
en la que el objetivo final es otorgar a las personas igualdad legal, cultural
y social, especialmente en las actividades democráticas y asegurar la igualdad
de remuneración por el mismo trabajo.1 El
principio de igualdad y de no discriminación por razón de sexo es una
obligación de derecho internacional general, que vincula a todas las naciones
y, dado su carácter primordial, se establece siempre como un principio que debe
inspirar el resto de los derechos fundamentales.
Índice
En el marco internacional, el
derecho internacional prohíbe la discriminación basada en el sexo. La adopción
de la Carta
de las Naciones Unidas, firmada en San
Francisco el
26 de junio de 1945 ha posicionado el principio de igualdad de oportunidades y
no discriminación en la órbita de los derechos humanos.
En el preámbulo de la Carta de
San Francisco se proclama que:
Se reafirma la fe en los derechos fundamentales del
ser humano, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de
derechos entre los hombres y las mujeres y de las naciones grandes y pequeñas
La Organización de las
Naciones Unidas completó el catálogo de derechos jurídicamente vinculantes para
todos los estados miembros a través del texto que se ha denominado Carta o
Declaración Internacional de los Derechos Humanos, que está integrada por:
1. la
Carta de San Francisco de 1945 antes mencionada
2. la
Declaración Universal de Derechos Humanos aprobada el 10 de diciembre de 1948
3. el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
4. el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos aprobados el 16 de
diciembre de 1966, textos que configuran el principio de no discriminación como
un auténtico principio estructural.
Más importancia tiene la
Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de toda forma de
discriminación contra la mujer, del 18 de diciembre de 1979, ratificada por
España en 1983 y publicada en el BOE en 1984, y en su Protocolo Facultativo,
ratificado y en vigor desde el año 2001, que establecen que:
Los Estados deben tomar las medidas apropiadas,
incluyendo las de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y
adelanto de la mujer en todos los ámbitos (...) No se considerará
discriminación la adopción de medidas especiales encaminadas a acelerar la
igualdad de facto entre el hombre y la mujer
Además, junto a esta
obligación genérica, la Convención amplía los derechos de las mujeres en
diversos ámbitos, como los derechos políticos, en materia laboral, educación,
sanidad y economía. Al amparo de esta Convención, surgió el Comité para la
Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres, órgano que tiene como
objetivo la tutela del derecho a la no discriminación por razón de sexo.2
También conviene destacar la
Conferencia de Viena de 1993 de las Naciones Unidas, donde se insiste, una vez
más, en la idea de que:
Los derechos humanos de la mujer y de la niña son
parte inalienable, integrante e indivisible de los derechos humanos universales
Conferencia de Viena de 1993 de las Naciones Unidas
Esta idea vuelve a estar
presente en la Cuarta Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer
que tuvo lugar en Beijing en 1995. La Conferencia adquiere un significado
enorme en poner de manifiesto el consenso que hay en relación con la
universalidad y la globalidad de los problemas de las mujeres, y destaca la
importancia de la igualdad y la no discriminación por razón de sexo como factor
ineludible para construir las sociedades del siglo XXI. En definitiva, entre
los objetivos de desarrollo de las Naciones Unidas para el milenio, la igualdad
de oportunidades entre sexos y la autonomía de las mujeres ocupan un lugar
destacado.2
Para la Secretaría de
Desarrollo Integral de la UNAM, Equidad de género significa que las mujeres y
los hombres gozan de condiciones iguales en el ejercicio pleno de sus derechos
humanos, en su posibilidad de contribuir al desarrollo nacional político, económico
social y cultural y de beneficiarse de sus resultados.3
En este sentido, la equidad de
género se encaminará principalmente a brindar oportunidades justas a mujeres y
hombres, pero a diferencia de la igualdad, serán atendiendo principalmente a la
idea de que mujeres y hombres son distintos, por lo que éstas oportunidades
serán de acuerdo a las características, contextos y necesidades específicas en
donde se encuentren y que posean, desde los diversos ámbitos en los que
interactúan, por ejemplo en el ámbito laboral, educativo, de la salud, el
económico, cultural y social en general.
Hablar del tema equidad de
género implica la participación de todos y todas en la práctica y como una
forma de vida, más allá de la cuestión teórica, esto con el fin de poder
impactar verdaderamente en la sociedad y propiciar pequeños cambios pero
significativos, que impliquen un compromiso de la sociedad que se vea reflejado
día a día en la práctica para propiciar una participación equitativa de hombres
y mujeres en todos los ámbitos de desarrollo personal y comunitario.
Es necesario abordar no solo
la igualdad sino también la equidad entre los géneros así como también la
solidaridad para la convivencia, la empatía, la dignidad, el respeto y la
libertad.
Llegar a la equidad de género,
no es tarea fácil, ya que requiere cambios tanto en las prácticas
institucionales como en las relaciones sociales que, hoy en día, legitiman y
hacen más fuertes y marcadas las disparidades de género. Es por ello que, entre
más hagamos uso de la equidad de género en nuestras prácticas, en el lenguaje,
en la educación, el ámbito laboral, en la política, es decir mientras más
veamos la equidad de género como una forma o un hábito de vida, se propiciarán
relaciones más sanas, donde no esté presente la violencia física, psicológica o
sexual entre hombres y mujeres.
El machismo es una expresión
derivada de la palabra macho,
se define en el Diccionario
de la lengua española de
la RAEcomo la «actitud
de prepotencia de los varones respecto a las mujeres».4 .
En cambio el hembrismo es un neologismo enespañol usado para
referirse a la misandria o
desprecio a los hombres.5
En muchas partes del mundo, el
acceso de las niñas a la educación es muy restringido. Las niñas se enfrentan a
muchos obstáculos que impiden que tomen parte en la educación, incluyendo: los
matrimonios precoces y forzados; embarazo prematuro; prejuicios basados en
estereotipos de género en el hogar, en la escuela y en la comunidad; la violencia
en el camino a la escuela, o en los alrededores de las escuelas; las largas
distancias a las escuelas; vulnerabilidad a la epidemia del VIH; cuotas
escolares, que a menudo conducen a los padres que envían a sus hijos sólo a la
escuela; la falta de métodos y materiales sensibles al género en las aulas. 6 7
De acuerdo con el ACNUDH, ha
habido varios ataques a escuelas en todo el mundo durante el período 2009-2014
en donde "un número de estos ataques ha sido dirigido específicamente a
las niñas, padres y profesores que abogan por la igualdad de género en la
educación".8 El
Fondo de Población de las Naciones Unidas dice:9
"Alrededor de dos tercios
de los adultos analfabetos del mundo son mujeres. La falta de una educación
restringe severamente el acceso de la mujer a la información y oportunidades.
Por el contrario, el aumento del nivel de instrucción de las mujeres y las
niñas beneficia a las personas y las generaciones futuras. Los niveles más
altos de educación de las mujeres están fuertemente asociadas con una menor
mortalidad infantil y la disminución de la fecundidad, así como mejores
resultados para sus hijos ".
Artículos
principales: Violencia
doméstica, Violencia de
género, Violencia
contra el varón y Violencia
contra la mujer.
·
Braithwaite,
Mary (2000). Gender Mainstreaming in the European Structural Funds. Comisión Europea.
·
de la Cruz, Carmen (1998). Guía
metodológica para integrar la perspectiva de género en los proyectos y
programas de desarrollo. Emakunde.
·
«Acércate a la igualdad: ¿Qué es la igualdad de
género?» Instituto Nacional para las Mujeres de México.
Consultado el 10 de diciembre de 2014.
1. Volver
arriba↑ Naciones Unidas. Report of the
Economic and Social Council for 1997. A/52/3.18.
Septiembre de 1997.
2. ↑ Saltar a:a b c d Informes d'impacte de gènere (en
catalán). Barcelona:
Institut Català de les Dones. junio de 2005. Archivado desde el original el 18 de noviembre de 2015. Consultado el 11
de agosto de 2013.
3. Volver
arriba↑ UNAM. «Equidad de género». México: Secretaría de Desarrollo Integral de la
UNAM. Consultado el Noviembre, 20, 2015.
4. Volver
arriba↑ Real Academia
Española (2014). «machismo».Diccionario
de la lengua española (23.ª
edición). Madrid:Espasa.
Consultado el 28 de abril de 2015.
6. Volver
arriba↑ «Progress and Obstacles to Girls' Education in
Africa». Consultado el 16 de agosto de 2016.
7. Volver
arriba↑ «Global Campaign For Education United States
Chapter». Global Campaign For Education United States Chapter. Consultado el 16 de agosto de 2016.
8. Volver
arriba↑ «BACKGROUND PAPER1 ON ATTACKS AGAINST GIRLS SEEKING
TO ACCESS EDUCATION». Consultado el
15/08/16.
9. Volver
arriba↑ «Gender
equality | UNFPA - United Nations Population Fund». www.unfpa.org. Consultado el 16 de
agosto de 2016.
No hay comentarios:
Publicar un comentario